Magistrados le dieron cátedra a jueza que ordenó cierre de Sogabastos #Tolditos7días

Tribunal Administrativo de Boyacá admitió en primera instancia la demanda de nulidad electoral de concejal.

Al resolver los recursos de apelación de los trabajadores de Sogabastos y otros, contra el auto del 20 de abril del 2022 proferido por el Juzgado Primero Administrativo del Circuito de Sogamoso, los magistrados de la Sala de Decisión No. 3 del Tribunal Administrativo de Boyacá hicieron varios reparos a la decisión de la jueza que ordenó el cierre de la plaza de mercado de Sogamoso.

La Sala advierte que con la medida cautelar decretada no solo se están afectando derechos de la colectividad a los que se ha hecho mención, sino también derechos económicos en la medida en que se limita, en un grado importante, la iniciativa económica que la Constitución Política reconoce.

Señala que, imponer el traslado de la plaza de mercado a otro escenario que no ha sido diseñado para esas actividades va a generar mayor daño en la salubridad del que se pretende proteger, así como en la seguridad.

Dice que, inclusive generaría afectación al derecho de los consumidores de la plaza de mercado en la medida en que limitaría la posibilidad de contar con unos productos que se ofrecieran en condiciones consecuentes con los costos de producción.

Agrega que, esas medidas generan un impacto que puede catalogarse como irregular, pues afecta a personas y actividades que dependen de la plaza de mercado.

Estima que la medida de ordenar al Intrasog que mantuviera, permanentemente, un puesto de control en la plaza de mercado y que efectuara operativos para el control del tráfico durante todos los días, no era una medida que resultara pertinente en términos de eficiencia.

“Ahora, frente a las medidas anteriores, que devienen en innecesarias y desproporcionadas, la Sala debe asumir otras que consulten la necesidad de protección”, concluye la Sala.

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