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Cooprocarbón desmiente afectaciones al páramo de Rabanal y se aparta de la Mesa Minero-Ambiental de Samacá

La Cooperativa Boyacense de Productores de Carbón de Samacá y Ráquira (Cooprocarbón) afirmó que sus operaciones mineras no se realizan dentro del páramo de Rabanal, delimitado por la Resolución 1768 del 2016. Señala que, aunque existen títulos mineros con superposición cartográfica previa a la delimitación, las labores mineras se desarrollan fuera del área protegida y que fiscalizaciones han corroborado la ausencia de extracción en el páramo.

En el proceso judicial 2026-00152, iniciado ante el Juzgado Primero Civil del Circuito de Tunja, el 27 de julio del 2026 se negó una medida provisional y, el 10 de agosto, se declaró improcedente la tutela. La decisión fue confirmada por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Tunja, que sostuvo que no se acreditó vulneración actual e inminente de derechos y que los informes de la Agencia Nacional de Minería indican ausencia de actividades extractivas en la zona de superposición.

Ante lo que considera desinformación y politización, Cooprocarbón anunció su retiro de la Mesa Minero-Ambiental de Samacá, manteniéndose abierto al diálogo solo cuando se garantice un enfoque técnico riguroso. La cooperativa reiteró su disposición a atender inspecciones y directrices de las autoridades mineras, ambientales y judiciales, y a proteger la infraestructura social y educativa de la zona.

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La cooperativa sostiene que no realiza labores mineras dentro del área delimitada como páramo de Rabanal y respalda los pronunciamientos de las autoridades mineras, ambientales y judiciales. También anunció que no continuará participando en reuniones que, según afirma, se han convertido en escenarios de desinformación y politización.

El Ing. Óscar Herrera, gerente de Cooprocarbón, atiende a funcionarios del Ministerio de Minas y Energía. Foto: Cooprocarbón

La Cooperativa Boyacense de Productores de Carbón de Samacá y Ráquira (Cooprocarbón) fijó su posición frente a las afirmaciones relacionadas con una eventual afectación al páramo de Rabanal y aseguró que sus operaciones mineras no se desarrollan dentro del ecosistema protegido.

En una comunicación dirigida a la Alcaldía de Samacá y a los integrantes de la Mesa Minero-Ambiental del municipio, la organización pidió que el debate se adelante con base en los informes técnicos, actos administrativos y decisiones judiciales que hacen parte del proceso.

Niegan actividad minera en el páramo

Uno de los principales argumentos de Cooprocarbón es que no realiza actividades de explotación, desarrollo o preparación minera dentro del área del páramo de Rabanal, delimitada mediante la Resolución 1768 del 2016.

La cooperativa reconoce que existen títulos mineros cuya cartografía presenta una superposición parcial con el área delimitada como páramo, debido a que fueron otorgados antes de la delimitación. Sin embargo, sostiene que las labores mineras se desarrollan por fuera del área protegida y que se han cumplido las restricciones establecidas por las autoridades.

Según Cooprocarbón, diferentes actuaciones de fiscalización han permitido verificar la ausencia de labores mineras dentro del área delimitada como páramo de Rabanal.

La organización agrega que las autoridades mineras y ambientales mantienen sus facultades para realizar las verificaciones y controles que correspondan.

El Minuto de Dios es uno de los aliados sociales de Cooprocarbón. Foto: Cooprocarbón

La tutela de Asusa

Uno de los elementos de debate es la acción de tutela promovida por la Asociación de Usuarios del Distrito de Adecuación de Tierras de Samacá (Asusa) contra la Agencia Nacional de Minería, Corpoboyacá y la Alcaldía de Samacá.

El proceso, identificado con el número 2026-00152, comenzó ante el Juzgado Primero Civil del Circuito de Tunja. El 27 de julio del 2026, el despacho negó una medida provisional solicitada dentro del proceso, al considerar que no existían elementos suficientes para establecer una vulneración inminente de los derechos invocados.

Posteriormente, el 10 de agosto, declaró improcedente la acción de tutela. La decisión fue apelada y, en segunda instancia, el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Tunja confirmó la decisión del Juzgado Primero Civil del Circuito de Tunja.

La Sala consideró que no se acreditó una vulneración actual e inminente de derechos fundamentales que justificara la intervención excepcional del juez constitucional.

El Tribunal también precisó que, aunque pueden existir títulos mineros con superposición cartográfica respecto del área protegida, los informes de la Agencia Nacional de Minería señalaban que no se desarrollaban labores de explotación dentro de la zona de superposición o que se habían impartido y verificado órdenes de abstención.

Este pronunciamiento judicial hace parte de los argumentos que Cooprocarbón presenta para respaldar su posición de que no existe actividad extractiva dentro del área protegida.

La cooperativa también cita las actuaciones de la Agencia Nacional de Minería, Corpoboyacá y la Alcaldía de Samacá dentro del expediente.

La seguridad minera es una prioridad en Cooprocarbón y sus asociados. Foto: Cooprocarbón

También se refiere a las instituciones educativas

Cooprocarbón rechazó igualmente las afirmaciones que, según la organización, han generado preocupación en la comunidad por posibles afectaciones a instituciones educativas e infraestructura comunitaria.

La cooperativa asegura que sus planes técnicos mineros y las obras subterráneas autorizadas contemplan medidas para garantizar el sostenimiento y la protección de la infraestructura social y comunitaria.

Estos aspectos, señala, pueden ser objeto de verificación en campo por parte de la Alcaldía de Samacá, la Secretaría de Educación, Gestión del Riesgo y la Agencia Nacional de Minería.

Cooprocarbón se aparta de la Mesa Minero-Ambiental de Samacá

La cooperativa anunció que no continuará asistiendo ni participando en las reuniones de la Mesa Minero-Ambiental de Samacá mientras, según su posición, estos espacios no cuenten con el rigor técnico necesario o sean utilizados como escenarios de confrontación política.

Cooprocarbón calificó como inaceptables los señalamientos que, a su juicio, desconocen los informes técnicos y los pronunciamientos oficiales de las autoridades.

No obstante, dejó abierta la posibilidad de mantener el diálogo con las comunidades cuando exista un propósito definido y un enfoque técnico.

La organización reiteró que continuará atendiendo los requerimientos, inspecciones y directrices que sean formulados oficialmente por las autoridades mineras, ambientales y judiciales.

Así, el debate sobre la actividad minera en el entorno del páramo de Rabanal continúa entre las preocupaciones expresadas por sectores de la comunidad, las actuaciones de las autoridades y la posición de las empresas y organizaciones mineras.

Por ahora, Cooprocarbón asegura que no existen labores extractivas dentro del área protegida y respalda esa afirmación en las actuaciones administrativas, técnicas y judiciales citadas.

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Publicado el 4 de octubre de 2026 · 7:30 a. m.

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