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República de Colombia Rama Judicial del Poder Público JUZGADO PROMISCUO MUNICIPAL DE SOCOTÁ
En Auto del 16 de enero de 2025, dentro del Proceso 2025-00002 por Declaración de muerte presunta por desaparición, el citado juzgado RESOLVIÓ:
PRIMERO: ADMITIR la demanda de DECLARACION DE MUERTE PRESUNTA POR DESAPARECIMIENTO del señor DOMINGO NIÑO NIÑO, identificado con la cédula de ciudadanía Nº 79.144.044 de Usaquén, presentado por VLADIMIR NIÑO CRISPIN en calidad de hijo.
SEGUNDO: IMPRIMASE a esta demanda el trámite señalado en el artículo 584 del C.G.P. TERCERO: EMPLAZAR por edicto al desaparecido DOMINGO NIÑO NIÑO, el cual contendrá la identificación de la persona cuya muerte presunta se persigue, el lugar de su último domicilio y el nombre de la parte demandante y la prevención a quienes tengan noticias del desaparecido para que lo informen al juzgado, como lo indica el artículo 584 del C.G.P y el numeral 2° del artículo 97 del Código Civil. Al tenor de lo dispuesto en el artículo 108 del C.G.P. CUARTO: NOTIFICAR del presente proveído al Agente de Ministerio Público para que haga parte y solicite las pruebas que estime convenientes dentro de los tres días siguientes.
QUINTO: RECONOCER personería al Dr. ANTONIO JOSE PORTO MOUTHON, con C.C. N° 72.277.586 y Tarjeta Profesional No. 189.672 del C.S.J., como apoderado de la parte demandante, en los términos y para los fines del poder conferido.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.
Janith Stella Gómez Pico Juez.
AVISO IMPORTANTE: En consecuencia, quién tenga conocimiento de su paradero debe dirigirse ante el juzgado citado a través del correo electrónico: [email protected]
Escrito por
Boyacá Sie7e Días
Publicado el 15 de febrero de 2026 · 7:15 a. m.