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La falta de este puente ha afectado la movilidad de la comunidad y aumentado los tiempos de desplazamiento entre ambos municipios.

El Tribunal Administrativo de Boyacá ordenó al Instituto Nacional de Vías (Invías) construir y poner en funcionamiento un nuevo puente vehicular sobre la quebrada Tobasía, en la vía terciaria que comunica a los municipios de San Eduardo y Berbeo, luego de establecer una vulneración de los derechos colectivos a la seguridad, el espacio público y la prevención de desastres previsibles.
El puente está ubicado entre las veredas Jotas y Quebradas y hace parte de la red vial terciaria que se encuentra a cargo del Invías. La estructura colapsó hace varios años debido a las condiciones climáticas, dejando incomunicados a los sectores rurales aledaños, afectando la movilidad hacia Berbeo y otras zonas del departamento.
La decisión fue adoptada en primera instancia el pasado 27 de agosto del 2026, dentro de una acción popular presentada por el ciudadano y exalcalde del municipio de San Eduardo, Miguel Antonio Mora Vallejo, contra el Invías.
Una obra que no pudo ejecutarse
Según detallaron en la sentencia, en el año 2020 el municipio de San Eduardo y el Invías suscribieron un convenio por $ 636.000.000, con el propósito de mejorar vías rurales y atender la emergencia relacionada con el puente sobre la quebrada Tobasía. Posteriormente, el municipio adelantó la licitación por $ 635.708.000.
“La ejecución del contrato fue suspendida en el 2021, luego de que el contratista y la interventoría determinaran que los diseños inicialmente previstos no resultaban adecuados para las condiciones particulares del lugar. (…) por lo que se consideró necesario definir una estructura particular para el sitio; la suspensión fue prorrogada para inicios del 2022”, se lee.
Los nuevos estudios establecieron que la reconstrucción requería un puente de aproximadamente 43 metros de longitud, además de adecuaciones en los accesos. El presupuesto pasó de 635 millones a más de 2.320 millones, por lo que el proyecto fue considerado inviable contractualmente y el contrato terminó y fue liquidado anticipadamente en junio del 2022.
Desde entonces, la falta de la estructura ha afectado la movilidad de los habitantes y el normal desarrollo de actividades comerciales.
“La situación se agravó debido a las condiciones climáticas y el puente colapsó totalmente, imposibilitando el tránsito entre ambos municipios. Esto ha obligado a los campesinos que realizan actividades comerciales a atravesar la quebrada a pie o en motocicleta, incrementando los tiempos de desplazamiento y los riesgos para peatones y animales”, anotaron.
La respuesta del Invías y la decisión del Tribunal

Durante el proceso, el Invías argumentó que había adelantado diferentes gestiones administrativas y presupuestales para buscar una solución y señaló que las obras inicialmente previstas no pudieron ejecutarse por razones técnicas y presupuestales.
“Indicó que, posteriormente, adelantó las gestiones administrativas y presupuestales necesarias y abrió un concurso de méritos cuyo objeto fue contratar los estudios y diseños del puente sobre la quebrada Tobasía, el cual fue adjudicado en el 2024 por valor de 300 millones, lo que en su criterio demuestra que ha continuado gestionando una solución para la transitabilidad en el sector”, dijo el tribunal.
No obstante, los magistrados concluyeron que no se acreditaron gestiones posteriores suficientes que permitieran materializar la construcción de la infraestructura. Por esta razón, se determinó que la responsabilidad sobre la obra corresponde al Invías y ordenó adoptar las medidas necesarias para restablecer el tránsito vehicular.
“La Sala concluye que, la competencia y responsabilidad respecto de la obra requerida recae en el Invías, por lo que la Sala procederá a dictar las medidas pertinentes para salvaguardar los derechos colectivos amenazados, fijará los parámetros para su cumplimiento y conformará un comité de verificación que haga seguimiento al asunto”, señalaron.
Así las cosas, la sentencia estableció un plazo máximo e improrrogable de 12 meses, contados a partir de su ejecutoria, para que el Invías adelante las gestiones requeridas y ponga en funcionamiento el nuevo puente.
El cronograma contempla que, durante el primer mes, la entidad deberá definir técnicamente los diseños y estudios previos; en un plazo máximo de cuatro meses tendrá que adelantar las gestiones administrativas, presupuestales y contractuales para contratar la obra y la interventoría, y dentro de los siete meses siguientes deberá ejecutar la construcción.
Contra esta decisión procede un recurso de apelación ante el Consejo de Estado.
Escrito por
Yuliana Bohórquez
Publicado el 1 de septiembre de 2026 · 11:30 a. m.
Periodista Boyacá Sie7e Días