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La Corte Constitucional de Colombia avala la reforma pensional impulsada por Petro

La Corte Constitucional aprobó la mayor parte de la reforma pensional impulsada por Gustavo Petro con siete votos a favor y uno en contra, devolviendo algunos apartes al Congreso para su corrección. La norma, que había quedado suspendida tras detectarse vicios en su trámite, establece un sistema de cuatro pilares: solidario para adultos mayores en pobreza, semicontributivo para quienes cotizaron sin alcanzar las semanas requeridas, contributivo que concentra la mayor parte de los aportes y de ahorro individual que mantiene la participación de los fondos privados.

Según la reforma, los trabajadores deberán cotizar sus ingresos hasta un umbral determinado en el componente administrado por Colpensiones, mientras que los recursos que superen ese límite podrán dirigirse al componente de ahorro individual gestionado por los privados. La edad de jubilación se mantiene en 57 años para mujeres y 62 años para hombres, con una cotización del 16 % del ingreso.

El fallo no implica la puesta en marcha inmediata del nuevo sistema; la fecha originalmente prevista para el 1 de julio de 2025 ya pasó, por lo que la Corte estableció que la reforma comenzará a regir en abril de 2027, mientras se completan los trámites de los apartes devueltos. El Gobierno deberá reglamentar la ley y Colpensiones, los fondos privados y demás entidades tendrán que adaptar sus sistemas y procedimientos.

Quedan pendientes los recursos de los afiliados que usaron la llamada “ventana de oportunidad” para trasladarse de régimen, pues más de 27 billones de pesos (aproximadamente 8 440 millones de dólares) están vinculados a esos movimientos y su traslado al fondo público está sujeto a procesos ante el Consejo de Estado.

El presidente Abelardo de la Espriella ha anunciado su intención de impulsar una contrarreforma para modificar aspectos de la iniciativa, mientras Petro celebró en X la decisión como “un nuevo triunfo del gobierno del cambio y del pueblo trabajador”.

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El Gobierno deberá reglamentar la ley pensional y Colpensiones, los fondos privados y las demás entidades tendrán que adaptar sus sistemas y procedimientos.

La Corte Constitucional avaló la reforma pensional de Gustavo Petro. Foto: archivo particular
La Corte Constitucional avaló la reforma pensional de Gustavo Petro. Foto: archivo particular

La Corte Constitucional de Colombia avaló este martes la mayor parte de la reforma pensional impulsada por el expresidente Gustavo Petro (2022-2026), una decisión que da vía libre a los principales cambios del sistema de jubilación, aunque devolvió varios apartes a la Cámara de Representantes para que sean corregidos por problemas en el trámite legislativo.

La decisión fue adoptada por siete votos contra uno y pone fin a más de dos años de incertidumbre sobre el futuro de la Ley 2381 del 2024, que fue sancionada por Petro pero cuya entrada en vigor quedó suspendida en el 2025 después de que la Corte detectara vicios en su aprobación en la Cámara.

«Se ha aprobado la mayor parte de la nueva ley de reforma pensional. De las tres reformas fundamentales de mi Gobierno: laboral, pensional y de salud solo queda la de salud. Un nuevo triunfo del gobierno del cambio y del pueblo trabajador», escribió el exmandatario en X.

La reforma establece un sistema de cuatro pilares: uno solidario, dirigido a adultos mayores en situación de pobreza; uno semicontributivo, para quienes cotizaron pero no alcanzaron las semanas necesarias para pensionarse; otro contributivo, que concentra la mayor parte de los aportes, y uno de ahorro individual, que mantiene la participación de los fondos privados.

Uno de los cambios centrales consiste en que los trabajadores deberán cotizar sus ingresos hasta un determinado umbral en el componente administrado por Colpensiones, el fondo estatal de pensiones, mientras que los recursos que superen ese límite podrán dirigirse al componente de ahorro individual administrado por los privados.

La norma también mantiene las edades actuales de jubilación, que en Colombia son de 57 años para las mujeres y 62 para los hombres, y la cotización del 16 % del ingreso.

Nueva vigencia

Sin embargo, el aval de la Corte no significa que el nuevo sistema empiece a operar inmediatamente, porque la fecha de entrada en vigor prevista originalmente, el 1 de julio del 2025, ya pasó, por lo que el tribunal estableció que la reforma comenzará a regir en abril del 2027, mientras se completa el trámite de los apartes devueltos al Congreso.

Además, el Gobierno deberá reglamentar la ley y Colpensiones, los fondos privados y las demás entidades tendrán que adaptar sus sistemas y procedimientos.

La decisión también deja pendientes los recursos de los afiliados que utilizaron la llamada ‘ventana de oportunidad‘ para trasladarse de régimen, ya que más de 27 billones de pesos (unos 8.440 millones de dólares) están relacionados con esos movimientos y su traslado hacia el fondo público permanece sujeto a procesos ante el Consejo de Estado.

El fallo supone así una victoria para el legado de Petro, pero también abre un nuevo escenario político, pues el actual presidente, Abelardo de la Espriella, ha anunciado su intención de impulsar una contrarreforma para modificar aspectos de la iniciativa.

Agencia EFE

Escrito por

Agencia EFE

Publicado el 26 de agosto de 2026 · 11:02 a. m.

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