Últimas noticias

Reclaman falta de respuesta de Corpoboyacá en el caso San Jacinto de Nelvic, en Villa de Leyva

El abogado Kristhian Yezid Amaya Chaparro ha presentado una reclamación para la protección de derechos colectivos en relación con el proyecto inmobiliario San Jacinto de Nelvic en Villa de Leyva, y denuncia que la Corporación Autónoma Regional de Boyacá (Corpoboyacá) no ha respondido dentro de los términos legales a su derecho de petición. La reclamación se centra en las presuntas irregularidades urbanísticas y ambientales del proyecto, y solicita que las autoridades adopten medidas para prevenir, detener y remediar las afectaciones ambientales y urbanísticas.

El derecho de petición fue presentado el 2 de julio de 2026 y, según el abogado, Corpoboyacá no ha emitido una respuesta de fondo ni ha informado sobre una prórroga para contestar. El abogado ha radicado un memorial de requerimiento y ha advertido que acudirá a una acción de tutela si persiste la falta de respuesta. La reclamación busca la protección de derechos como el goce de un ambiente sano, la conservación de los recursos naturales y la defensa del patrimonio ambiental, paisajístico y cultural de Villa de Leyva.

La situación pone en evidencia el papel que deben desempeñar las autoridades ambientales frente a proyectos que generan controversia pública, y destaca la importancia de la respuesta oportuna a las solicitudes ciudadanas, especialmente cuando involucran asuntos relacionados con la protección ambiental y los derechos colectivos. El abogado ha dejado constancia de que, si Corpoboyacá mantiene el silencio, el siguiente paso será la presentación de una acción de tutela para obtener una respuesta judicial que obligue a la autoridad ambiental a pronunciarse sobre el fondo de la reclamación.

Escucha este artículo

Audio generado con IA

0:00
0:00
¿Necesitas detener la lectura? Si el botón no responde en tu móvil, recarga la página deslizando hacia abajo o sal de la noticia. El audio se detendrá inmediatamente.

El abogado que promovió una reclamación para la protección de derechos colectivos asegura que la autoridad ambiental dejó vencer los términos legales sin emitir respuesta. Ante el silencio administrativo, radicó un memorial de requerimiento y advirtió que acudirá a una acción de tutela.

Proyecto Nuestra Señora del Buen Suceso de San Jacinto de Nelvic S.A.S. Foto: archivo particular
Proyecto Nuestra Señora del Buen Suceso de San Jacinto de Nelvic S.A.S. Foto: archivo particular

El caso del proyecto inmobiliario San Jacinto de Nelvic, desarrollado en el predio San Cayetano, en la vereda Sabana de Villa de Leyva, suma un nuevo capítulo.

Esta vez el foco no está sobre las presuntas irregularidades urbanísticas y ambientales denunciadas desde hace varios años, sino sobre la actuación de la Corporación Autónoma Regional de Boyacá (Corpoboyacá), que, según la documentación conocida por Boyacá Sie7e Días, no habría respondido dentro de los términos legales un derecho de petición radicado hace más de un mes.

El 2 de julio del 2026, el abogado Kristhian Yezid Amaya Chaparro presentó un derecho fundamental de petición de interés general, acompañado de una reclamación previa para la protección de derechos e intereses colectivos, dirigida al municipio de Villa de Leyva, a Corpoboyacá y a la sociedad Inversiones San Jacinto de Nelvic S.A.S. en liquidación.

El documento plantea una serie de solicitudes encaminadas a que las autoridades adopten medidas para prevenir, detener y remediar las presuntas afectaciones ambientales y urbanísticas relacionadas con el proyecto.

Una reclamación con alcance colectivo

El escrito no se limita a formular preguntas a la autoridad ambiental. Se trata de una reclamación previa contemplada en el artículo 144 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, requisito que antecede a una eventual acción popular cuando se considera que pueden estar comprometidos derechos colectivos.

En el documento se solicita la protección de derechos como el goce de un ambiente sano, la conservación de los recursos naturales, la protección de las microcuencas y drenajes naturales, el cumplimiento del ordenamiento territorial y la defensa del patrimonio ambiental, paisajístico y cultural de Villa de Leyva.

La reclamación recopila actuaciones administrativas adelantadas durante los últimos años por el municipio, en las que —según el documento— se habrían identificado posibles incumplimientos urbanísticos, intervenciones sobre recursos hídricos, movimientos de tierra, canalizaciones, alteraciones geomorfológicas y construcciones que superarían ampliamente lo autorizado inicialmente en la licencia urbanística.

Entre los antecedentes citados también se menciona que la Inspección de Policía de Villa de Leyva declaró responsable a la sociedad Inversiones San Jacinto de Nelvic S.A.S. por comportamientos contrarios a la integridad urbanística, imponiendo una multa y ordenando la demolición de aproximadamente 5.400 metros cuadrados de obras ejecutadas sin licencia urbanística, según lo expuesto por el peticionario.

El silencio de la autoridad ambiental

De acuerdo con el memorial radicado este 3 de agosto del 2026, el derecho de petición fue recibido por Corpoboyacá el 2 de julio, bajo el consecutivo de entrada 0021651. Sin embargo, el abogado sostiene que, al momento de presentar el nuevo escrito, la entidad no había emitido una respuesta de fondo ni había informado sobre una prórroga para contestar.

En el memorial, el solicitante afirma que ya transcurrieron los plazos previstos en la Ley 1755 del 2015 y solicita que la Corporación responda de manera inmediata. Además, deja constancia de que, si persiste la falta de respuesta, acudirá a una acción de tutela para solicitar la protección de su derecho fundamental de petición y del debido proceso administrativo.

Más que un derecho de petición

La situación pone nuevamente sobre la mesa el papel que deben desempeñar las autoridades ambientales frente a proyectos que generan controversia pública.

Más allá del contenido técnico del derecho de petición, el nuevo episodio gira alrededor del deber que tienen las entidades públicas de responder oportunamente a las solicitudes ciudadanas, especialmente cuando involucran asuntos relacionados con la protección ambiental y los derechos colectivos.

El derecho de petición constituye uno de los principales mecanismos de participación ciudadana y de control sobre la administración pública. Su respuesta oportuna no solo garantiza el debido proceso administrativo, sino que permite a los ciudadanos conocer las decisiones oficiales y, en caso de ser necesario, ejercer los mecanismos judiciales previstos por la ley.

Lo que viene

Con el memorial de requerimiento ya radicado, la controversia entra en una nueva etapa.

Si Corpoboyacá mantiene el silencio denunciado por el peticionario, el siguiente paso anunciado será la presentación de una acción de tutela para obtener una respuesta judicial que obligue a la autoridad ambiental a pronunciarse sobre el fondo de la reclamación.

Boyacá Sie7e Días

Escrito por

Boyacá Sie7e Días

Publicado el 6 de agosto de 2026 · 5:30 a. m.

Las más leídas

Pico y placa Tunja
Jueves, 17 de septiembre de 2026
No circulan hoy
Tunja
9 · 0
Placas terminadas
Centro histórico: 6:00 a.m. – 8:00 p.m.
Resto de la ciudad: 6:00–9:00 a.m. · 12:00 m–2:00 p.m. · 5:00–7:00 p.m.
Vie. 18 de septiembre
1 · 2
No circulan
Pico y placa Bogotá
Jueves, 17 de septiembre de 2026
No circulan hoy
Bogotá
6·7·8·9·0
Placas terminadas
Horario: 6:00 a.m. – 9:00 p.m.
Vie. 18 de septiembre
1·2·3·4·5
No circulan
PAUTE AQUÍ - WhatsApp 322 817 2265