El Tribunal Administrativo de Boyacá había decretado la nulidad de la elección por la causal de doble militancia bajo la modalidad de apoyo.

Giovanny García, primer vicepresidente del Concejo Municipal de Tunja. Foto: archivo particular
*Por: Yuliana Bohórquez
El Consejo de Estado, por medio de la Sección Quinta, revocó la sentencia emitida el 9 de julio del 2025 por el Tribunal Administrativo de Boyacá, que había declarado la nulidad de la elección del concejal de Tunja Giovanny García García, para el periodo 2024-2027, por presunta doble militancia política.
La demanda había sido interpuesta por el ciudadano Ricardo Andrés Rodríguez Novoa, quien argumentó que García, avalado por el partido Alianza Social Independiente (ASI), incumplió su deber de apoyar al candidato a la Alcaldía de Tunja por esa colectividad, Vicente Aníbal Ojeda. Según el proceso, en lugar de respaldar a Ojeda, el concejal habría apoyado a la candidata July Paola Acuña Rincón, inscrita por Cambio Radical, lo que configuraría la causal de doble militancia en la modalidad de apoyo.
El Tribunal Administrativo de Boyacá acogió en primera instancia esos argumentos y declaró la nulidad del formulario E-26 CON del 3 de noviembre del 2023, con el que la Comisión Escrutadora Municipal había oficializado la elección de García como concejal.
En su fallo, la alta corte ordenó devolver el expediente al tribunal de origen para lo de su competencia y advirtió que contra esta decisión no procede recurso ordinario alguno. Con esta determinación, Giovanny García García mantiene en firme su curul en el Concejo de Tunja para lo que resta del actual periodo constitucional.
*Redactora de Boyacá Sie7e Días