Fiscalía imputa cargos al alcalde de Tunja, la exgestora social y una funcionaria por presuntas irregularidades en contratación

La audiencia continuará en la tarde de este miércoles para definir la medida de aseguramiento que pedirá la Fiscalía.

Catalina Pedraza, Mikhail Krasnov y Luz Mila Acevedo. Foto: archivo particular.

*Por: Yuliana Bohórquez

La Fiscalía General de la Nación realizó este miércoles 24 de septiembre la audiencia de imputación de cargos contra el alcalde de Tunja, Mikhail Krasnov; la exgestora social Sara Catalina Pedraza Canaría, y la directora de la Unidad de Contratación de la Alcaldía, Luz Mila Acevedo Galán.

Los hechos se remontan al 14 de noviembre del 2023, cuando el abogado y ciudadano tunjano Juan Sebastián Ramírez García instauró una demanda de nulidad electoral en contra de Krasnov, solicitando la suspensión de su elección como alcalde. La demanda fue admitida.

En enero del 2024, algunos servidores y personas vinculadas con la Alcaldía, entre ellos Sara Catalina Pedraza, gestionaron la consecución de la hoja de vida de Ramírez. Estas acciones se concretaron en una reunión realizada el 31 de enero del 2024 en el despacho del alcalde, donde se le solicitó al abogado retirar la demanda a cambio de su vinculación con la administración. En ese mismo encuentro fue presentado como nuevo funcionario.

El primero de febrero del 2024 se inició el trámite formal: a Ramírez le fue enviada la propuesta de contratación, proceso liderado por Luz Mila Acevedo, quien adelantó la gestión en el Secop y revisó la documentación presentada por el abogado. Esa misma noche Ramírez remitió al Tribunal Administrativo el memorial de retiro de la demanda, que fue recibido al día siguiente.

También el primero de febrero, a solicitud de Sara Catalina Pedraza, el gerente de Ecovivienda, Eduardo Ernesto Camargo Rodríguez, se reunió con el alcalde. En presencia de Pedraza, se concretó que Ramírez sería vinculado en dicha entidad como contraprestación por el retiro de la demanda.

El 2 de febrero Ramírez aprobó en el Secop un contrato de prestación de servicios con la Alcaldía por $ 19.800.000. Sin embargo, ese mismo día Krasnov y Acevedo le informaron que no firmarían dicho contrato porque el Tribunal aún no se había pronunciado sobre el retiro de la demanda, advirtiéndole que sería contratado en otra entidad.

Finalmente, el 5 de febrero Ramírez suscribió con Ecovivienda un contrato de prestación de servicios profesionales de abogado por un valor de $ 54.285.000 y una duración de 10 meses y 11 días.

Según la Fiscalía, ambos contratos “fueron utilizados para favorecer al señor alcalde con el retiro de la demanda de nulidad electoral, entendiendo que la intervención del alcalde, Luz Mila Acevedo, Sara Catalina Pedraza y Eduardo Camargo no se orientó a satisfacer los principios de la administración pública como la transparencia y la selección objetiva, sino a un interés particular a favor del mandatario”.

El 20 de febrero del 2024 el Tribunal Administrativo requirió a Juan Sebastián Ramírez para explicar los motivos del retiro de la demanda. Una vez notificado, Ramírez recibió de Acevedo un archivo con indicaciones sobre cómo debía contestar al Tribunal.

Meses después, en septiembre del 2024, Luz Mila Acevedo citó a Camargo para darle directrices sobre lo que debía responder en caso de ser cuestionado por la contratación de Ramírez. Días más tarde fue convocado al despacho del alcalde, donde le entregaron una carta de renuncia y un documento con su nombre como suscriptor, en donde especificaba cómo supuestamente había sido contratado el abogado Ramírez.

Según la Fiscalía, Camargo fue obligado a firmar bajo la amenaza de que enviarían a su hija, quien residía en Alemania, unos presuntos videos de acoso sexual, además de la orden del alcalde de abandonar la ciudad.

Ante estos hechos, el fiscal Óscar Fernando Díaz formuló imputación de cargos en los siguientes términos:

Mikhail Krasnov: coautor a título de dolo de los delitos de interés indebido en la celebración de contratos y amenazas a testigos.

Sara Catalina Pedraza Canaría: cómplice en el delito de celebración indebida de contratos.

Luz Mila Acevedo Galán: coautora en el delito de celebración indebida de contratos.

El fiscal explicó que los imputados tenían tres opciones: aceptar los cargos para acceder a una rebaja de hasta el 50% de la pena; no aceptarlos y continuar con un juicio donde podrán presentar pruebas en audiencia pública, o guardar silencio, derecho que no será usado en su contra.

Por su parte, el juez les comunicó que pasaban de ser indiciados a imputados, y por lo tanto adquirían derechos como el de no autoincriminarse, contar con un defensor, controvertir pruebas y acceder a un juicio público y oral.

Durante la diligencia, el alcalde Krasnov alegó necesitar un traductor porque no entendía el procedimiento. El juez respondió que los términos utilizados eran claros y no técnicos, y el fiscal le explicó nuevamente los cargos en un lenguaje más sencillo, sugiriéndole consultar con su abogado si requería mayor claridad. Finalmente, los tres imputados no aceptaron los cargos.

*Redactora de Boyacá Sie7e Días

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