Para el próximo mes el mandatario tiene pendiente audiencia de imputación de cargos y medida de aseguramiento y, la decisión de segunda instancia del Consejo de Estado.

Mikhail Krasnov, alcalde de Tunja. Foto: archivo particular
*Por: Yuliana Bohórquez
El alcalde de Tunja, Mikhail Krasnov, tiene actualmente varios procesos en simultánea ante la Procuraduría, la Fiscalía y el Consejo de Estado, todos relacionados con presuntas irregularidades que comprometen su permanencia en el cargo.
Fallo disciplinario de la Procuraduría
Este 25 de agosto la Procuraduría General de la Nación (PGN) sancionó en primera instancia a Krasnov con destitución e inhabilidad por 14 años. Según el órgano de control, el mandatario incurrió en falta al inscribirse y posesionarse como alcalde estando inhabilitado, debido a un contrato celebrado con la UPTC en diciembre del 2022, menos de un año antes de las elecciones.
Frente a esta decisión procede recurso de apelación ante la Sala Disciplinaria de Juzgamiento de Servidores de Elección Popular.
“El fallo que salió es de primera instancia y tiene derecho a apelación. La decisión quedará en firme o en ejecutoria una vez se resuelva el recurso. Si se confirma, en ese momento el alcalde queda destituido e inhabilitado por 14 años para ejercer cargos públicos, aunque esa sanción también puede ser modificada en segunda instancia”, dijo a Boyacá Sie7e Días el jurista Gilberto Rondón.
Aunado a esto, Rondón indicó que la notificación del fallo en estos casos se realiza de manera casi inmediata a través de correo electrónico, y a partir de ese momento, el mandatario tiene unos días establecidos para interponer su respectivo recurso de apelación.
Pliego de cargos por contratación
Además, el Ministerio Público adelanta otro proceso contra Krasnov y el exsecretario de Fomento Económico Gustavo Adolfo López Avella, por un contrato de prestación de servicios profesionales suscrito para apoyar la unidad de gestión empresarial y competitividad de la Alcaldía.
De acuerdo con la investigación, el contratista no cumplía con los requisitos exigidos: al momento de la firma no contaba con tarjeta profesional vigente como diseñador industrial ni había iniciado trámite alguno para obtenerla.
Investigación penal en la Fiscalía
En el ámbito judicial, la Fiscalía citó al alcalde a una audiencia de imputación de cargos y solicitud de medida de aseguramiento el próximo 9 de septiembre. Se le investiga por los delitos de interés indebido en la celebración de contratos.
La acusación señala que Krasnov habría otorgado un contrato al abogado Juan Sebastián Ramírez a cambio de que este retirara una demanda de nulidad electoral contra su elección. Por este mismo caso, el pasado 15 de julio la Fiscalía ya imputó cargos a Ramírez García, quien presuntamente recibió un contrato de la Alcaldía de Tunja con la Empresa Constructora de Vivienda (Ecovivienda).
“Si la Fiscalía solicita medida de aseguramiento y el juez de garantías la concede, puede tratarse de detención preventiva en la cárcel o domiciliaria. En cualquiera de los dos casos el alcalde no podría continuar en el ejercicio de sus funciones, aunque seguiría siendo alcalde por el principio de presunción de inocencia. En ese escenario se debe nombrar un encargado provisional”, señaló Rondón.
Nulidad de la elección en el Consejo de Estado
En paralelo, la Sección Quinta del Consejo de Estado deberá decidir si confirma o revoca el fallo del Tribunal Administrativo de Boyacá que, en febrero del 2025 anuló la elección de Krasnov para el periodo 2024–2027.
El Tribunal encontró probada una inhabilidad derivada del contrato No. 2302 del 2022 con la UPTC, firmado el 6 de diciembre de ese año, es decir, menos de doce meses antes de los comicios. Aunque el mismo alcalde ha alegado que se trataba de un contrato docente y que la ley contempla excepciones en casos de docencia, tanto el Tribunal como la Procuraduría han considerado que no corresponde a esa categoría.
En caso de que el Consejo de Estado confirme la decisión del Tribunal de Boyacá, aún podría presentarse un trámite adicional: la figura jurídica de la aclaración o la adición de la sentencia. Según explicó un abogado, la aclaración procede cuando se requiere precisar algún punto que no quedó claro en la parte resolutiva, y la adición, cuando el fallo omitió pronunciarse sobre algún aspecto.
Aunque estas solicitudes rara vez prosperan, pueden retrasar la ejecutoria de la decisión, pues deben ser estudiadas por el magistrado ponente y luego resueltas por la Sala Quinta del Consejo de Estado. En todo caso, una vez quede en firme la sentencia de segunda instancia que anule la elección, no habría más recursos. Entretanto, el alcalde de Tunja se mantiene en ejercicio de sus funciones hasta que se produzca una decisión definitiva.
El jurista añadió: “el fallo del Consejo de Estado no implica inhabilidad, solo la nulidad de la elección. Es un proceso diferente al disciplinario. Es decir, si de pronto el alcalde no tuviera el proceso con la PGN podría volver a participar en elecciones o desempeñar cualquier otro cargo público, pero este no es el caso. Sin embargo, como ambos procesos tienen origen en el mismo contrato, sus efectos se suman: la Procuraduría sí puede inhabilitarlo por 14 años, mientras que la nulidad electoral obliga a nuevas elecciones si la sentencia queda en firme”.
El abogado concluyó que, este tipo de situaciones se originan en gran medida porque muchos candidatos, a pesar de conocer posibles inhabilidades, deciden lanzarse con la expectativa de que no sean demandados o de que los procesos tarden años en resolverse.
Lo que sí es cierto es que Krasnov y sus abogados han tratado de dilatar los procesos, sobre todo el del Consejo de Estado, hasta el último aliento. La capital boyacense continúa a la expectativa de las decisiones de las altas cortes y de los órganos de control, que definirán no solo la permanencia del mandatario en el cargo, sino también la estabilidad administrativa y política del municipio.
*Redactora de Boyacá Sie7e Días