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Hace 6 años algunos tunjanos se sorprendieron al ver que el Parque Biblioteca entregado por parte de la alcaldía de la capital boyacense no contaba con la biblioteca que supuestamente se había presupuestado al inicio de la obra. Es mucho lo que se ha rumorado frente al tema, pero en realidad ¿qué pasó?
La alcaldía de Tunja abrió un proceso de licitación para el megaproyecto que sería el ‘Parque Biblioteca’ ubicado a la salida para el municipio de Moniquirá, esta licitación fue ganada por el Consorcio Educativo Tunja quien realizaría los estudios, diseño y construcción del Parque Biblioteca Metropolitana y cuyo contrato de obra fue el 424 firmado el 05 de noviembre de 2010.
Los estudios previos realizados en la administración de alcalde Arturo Montejo y firmados por la Ingeniera Jessica Millán Peñuela, tenían como actividades principales la construcción de 20.000 metros cuadrados para el parque, zonas verdes, alamedas peatonales y áreas de integración al aire libre y 10.000 metros cuadrados para la biblioteca, es decir el edificio central, parqueaderos y áreas de servicios.
Para la realización de este proyecto la administración poseía una asignación presupuestal de 3.500 millones de pesos, distribuida de la siguiente forma: para el parque una asignación total de 1.440 millones de pesos, de los cuales serían 139’200.000 pesos, para la etapa de estudios y 1.300’800.000 de pesos para la etapa de la construcción.
Por su parte los recursos para la construcción de la Biblioteca serian 2.060 millones de pesos divididos en 265’150.000 pesos para la etapa de estudios y para la etapa de construcción un valor de 1.794’850.000 pesos.
El proceso de contratación tenía unos riesgos plasmados, los cuales fueron publicados en el portal del Secop. Según lo evidenciado en la plataforma, el Consorcio Educativo Tunja no fue el que planeó el proyecto, tampoco era responsable de las obras adicionales necesarias, ni de las modificaciones unilaterales al contrato y tampoco de las ausencias de disponibilidad presupuestal o de caja.
Días después, se conoció una acción popular interpuesta por el entonces concejal Pedro Pablo Salas Hernández, admitida el 10 de febrero de 2011 y en la cual se demandaba al municipio de Tunja, a Corpoboyacá y al Consorcio Educativo Tunja. Esa acción popular pedía la protección a la vulneración de los derechos colectivos a la moralidad administrativa, el goce del espacio público, la defensa del patrimonio público y la realización de construcciones, edificaciones, dando prevalencia al beneficio de la calidad de vida de los habitantes.
Fernando Arias García, Juez Noveno Administrativo de Tunja en respuesta de la acción popular determina con la providencia del 09 de noviembre de 2011 algunas medidas cautelares, ordenando la suspensión del contrato, así como los giros del mismo, hasta que el Municipio de Tunja y los integrantes del Consorcio Educativo Tunja acatarán las recomendaciones dadas por Corpoboyacá. Precisamente cumpliendo la orden del señor juez, se adecuaron los estudios, diseños, cantidades de obra, condiciones económicas y demás elementos contractuales, con el fin de que la obra se ajustara a los parámetros legales, técnicos de protección y preservación de humedales ya que: «el predio destinado al desarrollo de la infraestructura para la biblioteca municipal hace parte de un humedal que ha sufrido procesos fuertes”.
Dos años después, en marzo de 2013, Corpoboyacá emite concepto técnico de las directrices y lineamientos en cumplimiento de la medida cautelar, donde se conocen los 25 puntos que se deben cumplir en los diseños y construcción del llamado Parque Biblioteca, afectando los diseños y presupuestos iniciales, es decir que se tendría que modificar en su totalidad el contrato.
Por consiguiente, el Consorcio Educativo Tunja y el municipio de Tunja levantaron el acta contentiva en abril de 2014, para así dar cumplimiento de la medida cautelar y por orden del juez.
Paso a seguir el juez Noveno Administrativo de Tunja, Fernando Arias García, en su fallo del mes de abril de 2014 ordena entre otras: “el ordenar al municipio de Tunja y al Consorcio Educativo Tunja, que se cumplan las directrices y recomendaciones dadas en materia ambiental emanadas por Corpoboyacá, contenidas en el proyecto implementación de estrategias para la conservación y manejo de los recursos naturales y la biodiversidad, en los términos y tiempo que ordene la corporación”.
Asimismo, ordenó al municipio de Tunja y al Consorcio Educativo Tunja que se tomarán las previsiones contractuales y administrativas para mitigar el riesgo de inundación, encharcamiento y erosión en la zona donde se adelantará el proyecto Parque Biblioteca Metropolitana de Tunja.
Por consiguiente la administración municipal el 17 de abril del 2015, realizó un acta modificatoria de creación y fijación de precios de ítems no previstos. En esta se evidencia que para dar cumplimento a las directrices ambientales dadas por Corpoboyacá, era necesario anexar ítems que no estaban en el contrato inicial, asimismo, concluyeron que el objeto del proyecto y del contrato es uno solo y es integral, independientemente de las actividades que lo conforman; por lo tanto se ejecutarían primero las actividades referentes al componente del parque; por lo anterior “los recursos correspondientes para la construcción de la biblioteca, se destinaron para actividades correspondientes al parque”
Es decir, que con esta acta modificatoria los dineros destinados a la construcción de la biblioteca pasaron a ser parte del parque, anulando la construcción de la biblioteca para así dar cumplimiento a la orden emitida por el Juzgado Noveno Administrativo de Tunja, lo cual muestra que en ningún momento se desembolsaron dineros para la construcción de la Biblioteca.
Los requisitos solicitados por la autoridad ambiental, excedían el valor total del contrato, para lo cual el consorcio solicitó la adición de 1.126’607.887 de pesos, de los cuales la alcaldía de Tunja solo aprobó la suma de $ 223’329.801, valor con el cual no se podrían cumplir en su totalidad los puntos ambientales exigidos por Corpoboyacá.
Es de aclarar que lo único que se ejecutó dentro del proyecto de construcción de las instalaciones de la Biblioteca, fueron los estudios y diseños contratados inicialmente y entregados a satisfacción por el Consorcio a la Administración Municipal.
Mientras se estaban realizando las obras de mitigación del impacto ambiental, la alcaldía de Tunja, apela la decisión del Juez Noveno Administrativo, a través del señor Flavio Efrén Granados Mora, quien era el apoderado del Municipio, siendo aceptada el 25 de agosto del 2015.
El día 4 de octubre de 2015 el Consorcio Educativo Tunja entrega la obra al municipio por medio de la interventoría, con el acta de terminación donde se ve claramente que todos los recursos fueron invertidos en la construcción del parque.
Asimismo, el Consorcio Educativo Tunja, entrega la obra al municipio, con el acta de liquidación y recibo final el día 7 de diciembre de 2015, esta es recibida por el representante de la interventoría y el secretario de Infraestructura, del municipio John Ernesto Carrero Villamil, donde se ve claramente que todos los recursos fueron invertidos en la construcción del parque.
Sin embargo, dos años después de la liquidación del contrato, en octubre de 2017, el tribunal falla en segunda instancia condenado únicamente al Consorcio Educativo Tunja y donde adiciona al fallo del señor Juez Fernando Arias García, que el contratista debe construir la denominada Biblioteca Metropolitana, de acuerdo con las especificaciones planteadas en el contrato 424; para lo cual tendría un tiempo máximo de un mes para iniciar la construcción de la obra. En caso de que la orden no se llevará a cabo en el término allí dispuesto, se ordenó que el Consorcio debería devolver los dineros entregados en su calidad de contratista.
Esta decisión contó con dos votos a favor de los magistrados, Félix Alberto Rodríguez Riveros y Luis Ernesto Arciniegas Triana, de igual manera contó con una salvedad de voto parcial del magistrado Fabio Iván Afanador García, donde expresa entre otros “Considero que las órdenes dadas por la Corporación, relacionadas con la construcción y/o devolución de los recursos, no resultan compatibles con la existencia de dichos actos administrativos, pues lo cierto es que la obra se obtiene una satisfacción y con un balance financiero en cero, es decir, a paz y salvo por todo concepto”.
De igual manera el Tribunal en el fallo de segunda instancia, ordena conformar el comité de verificación del cumplimiento de la sentencia, integrado por el actor popular o el coadyuvante en el proceso, el representante de la Defensoría del Pueblo, el Procurador Judicial, el Personero Municipal de Tunja, el Contralor Municipal de Tunja y el delegado de la Corporación Autónoma Regional, quienes informaron que no existe cumplimiento frente al numeral Octavo de la decisión de 26 de octubre de 2017 (que el consorcio debía realizar la construcción de la Biblioteca o devolver los dineros), por parte del Consorcio Educativo de Tunja, razón por la cual se solicita al Despacho Judicial iniciar el incidente de desacato.
Por su parte los representantes del Consorcio Educativo Tunja, solicitaron que en la etapa verificación de cumplimiento, fueran tenidas en cuenta las actas modificatorias, las actas de recibo y liquidación, además que fuera llamado el secretario de Infraestructura de Tunja, John Carrero y el señor interventor quienes recibieron la obra a satisfacción.
Pedro Pablo Salas, quien interpuso la acción popular, al finalizar la obra reconoce que se realizó Un 70% del terreno para la construcción del parque y humedal y un 30% para la construcción de biblioteca; aclarando que “esa biblioteca jamás tuvo financiación, por eso en uno de los fallos los jueces dijeron: no vemos plata para la biblioteca, allí lo que va a ver es un elefante blanco inconcluso, eso llevo a que se tomara una decisión jurídica, para que se concluyera uno de los dos aspectos y por eso se tomó la decisión de culminar la obra del parque”.
Ya en año 2018 en el fallo del incidente de liquidación, la Juez Noveno Administrativo de Tunja, Rosa Milena Robles Espinosa, solicita unas pruebas entre ellas el peritaje realizado por Sociedad Boyacense de Ingenieros y Arquitectos y a la vez determinar si las nuevas obras o adicionales que se pactaron en el acta modificatoria 2, implicaban la eliminación del componente Biblioteca, como parte del proyecto inicialmente contratado.
Según el peritaje realizado por la Sociedad Boyacense de Ingenieros y Arquitectos, verifico el acta modificatoria No 2 confirmando que el componente biblioteca se eliminó del proyecto inicialmente contratado.
Por su parte la Juez Rosa Milena Robles Espinosa falló, al parecer sin tener en cuenta las pruebas solicitadas por su mismo despacho y recibidas, ordenando “que el Consorcio Educativo Tunja debe devolver al Municipio de Tunja, los dineros que le fueron entregados en calidad de contratista del contrato de obra No. 424 de 2010, en lo relativo a la construcción de la Biblioteca Metropolitana, conforme a los precios unitarios de obra pactados en el aludido contrato y en las estipulaciones en la adición No 1 y prorroga No. 5 del 9 de septiembre de 2015, la suma de 1.988’034.844 pesos”.
Frente a esto la firma contratista hizo el recurso de apelación y reposición, el cual fue aceptado por el mismo juzgado el día 18 de febrero de 2021.
En este momento se está a la expectativa de la respuesta del Tribunal esperando si este, se acoge a las pruebas del acta modificatoria 2 y el concepto del peritaje de la Sociedad Boyacense de Ingenieros y Arquitectos prueba técnica que el juzgado noveno no tuvo en cuenta. De igual manera, si se adhiere al salvamento de voto hecho por el magistrado Afanador García el cual reconoce la validez de las actas de terminación y liquidación suscritas y así poder darle fin al capítulo del parque biblioteca.
Escrito por
Boyacá Sie7e Días
Publicado el 7 de julio de 2021 · 8:48 a. m.




