En recurso de apelación, el Tribunal Administrativo de Boyacá revocó un auto del Juzgado Segundo Administrativo del Circuito de Sogamoso y en su lugar negó la medida provisional de suspensión de los efectos de la Resolución No. 062 del 10 de octubre del 2019 expedida por el Concejo de Sogamoso, por la cual se convoca y reglamenta el concurso para proveer el cargo de personero de la Ciudad del Sol.
Este auto del Tribunal no implica que la personera electa de Sogamoso, Edhy Alexandra Cardona Corredor, pueda asumir su cargo, según explicó el presidente del Tribunal, magistrado Luis Ernesto Arciniegas Triana.
Precisó que, en virtud de decisiones que se han adoptado en otros escenarios, la personera no puede asumir el cargo, porque, primero, hay una acción de nulidad que cursa en un juzgado de Sogamoso, en cuyo proceso se decidió que el acuerdo que convocó al concurso está suspendido en sus efectos, también como medida cautelar.
Agregó que, en otro proceso por acción popular se decidió suspender también los actos que profirió el Concejo para contratar una empresa a fin de que realizara el concurso.
Finalmente, el magistrado indicó que el mismo Concejo municipal dictó una resolución en la que se abstiene de darle posesión a la personera porque están cursando esas otras acciones antes mencionadas.