Así fue el fallo que definió la responsabilidad por accidente en el aeropuerto de Tunja, cuya víctima directa fue un menor de edad

Con la decisión se modificaron algunos aspectos de la condena proferida en primera instancia y dejó en firme las responsabilidades económicas derivadas del accidente.

*Por: Yuliana Bohórquez

La ciudad de Tunja y el conductor responsable tuvieron que indemnizar al menor y su familia. Foto: archivo Boyacá Sie7e Días

El Tribunal Administrativo de Boyacá emitió este año decisión dentro del proceso de reparación directa presentado por la familia del menor Kevin Santiago Quintero Torres, quien resultó gravemente lesionado el 21 de noviembre del 2015 durante la realización de ‘piques ilegales’ en el interior del aeropuerto Gustavo Rojas Pinilla de Tunja. El fallo modifica la sentencia emitida en primera instancia en el 2020.

Según detalla el documento judicial, el menor, acompañado de su tío, su primo y un amigo de la familia quien poseía una moto, ingresaron al aeródromo para realizar actividades deportivas y que, “al mismo tiempo, varios vehículos de gama alta ingresaron a ese lugar para hacer ‘piques’ o carreras sin control o restricción alguna.

“Que uno de esos vehículos, marca Chevrolet Camaro, conducido por Carlos Gonzalo Espinel Melgarejo, perdió el control y envistió la motocicleta del amigo de la familia, la cual salió despedida contra la humanidad de menor Kevin Santiago, causándole múltiples lesiones, deformidad física de carácter definitivo e incluida una dismetría en sus extremidades”, se lee.

La familia del menor interpuso una demanda por reparación directa en enero del 2018 ante el Juzgado Once Administrativo Oral de Tunja contra la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil, el Ministerio de Defensa-Ejército Nacional, el municipio de Tunja y el conductor del vehículo involucrado.

En primera instancia el Juzgado determinó que el municipio de Tunja, la Aeronáutica Civil y el conductor eran responsables por las lesiones sufridas por el menor. La sentencia exoneró al Ejército Nacional, al establecer que la institución no tenía a su cargo la vigilancia general del aeropuerto, sino únicamente un área destinada al helipuerto de la empresa petrolera Ocensa.

Luego de revisar los recursos de apelación, el tribunal declaró: “el municipio de Tunja y el señor Carlos Gonzalo Espinel son responsables administrativa y patrimonialmente por los perjuicios ocasionados a los demandantes con ocasión de las lesiones sufridas por el menor Kevin Santiago”.

Además, “existió concausa jurídica entre los familiares demandantes y cuidadores de la víctima”, al permitirle el ingreso a una zona restringida donde se desarrollaban actividades riesgosas. Y que la Aeronáutica Civil sí cumplió sus funciones de supervisión y control respecto al aeropuerto, por tanto, se declaró probada la falta de legitimación por pasiva y quedó fuera de la condena.

Así las cosas, el tribunal estableció montos por perjuicios morales, daño a la salud y lucro cesante futuro, cuyos valores deberán ser asumidos por el municipio de Tunja y por el conductor del vehículo, en proporciones del 34 % y 33 %, respectivamente. El otro 33 % le fue atribuido al tío y el primo “por concasualidad”, lo que redujo de manera significativa la indemnización.

En materia de perjuicios morales, la Sala reconoció 40 salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMLMV) para la víctima directa y sus padres, 20 SMLMV para los abuelos y para los hermanos del menor. Adicionalmente, ordenó el pago de daño a la salud, fijado en 60 SMLMV para Kevin Santiago y en 20 SMLMV para su madre.

En cuanto a los perjuicios materiales, el Tribunal reconoció a favor de la víctima directa un monto de $ 43.865.365, correspondiente al lucro cesante futuro, suma calculada con base en una pérdida de capacidad laboral del 20 %.

La representación de víctimas estuvo a cargo de la firma Montañez y Quintero Abogados, cuyo representante legal es el jurista Alexander Montañez, del municipio de Tasco (Boyacá).

*Redactora de Boyacá Sie7e Días

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