Aquí está la sentencia del Consejo de Estado que terminó ‘tumbando’ al alcalde de Duitama #Tolditos7días

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La Sección Quinta del Consejo de Estado revocó la sentencia de primera instancia proferida por la Sala de Decisión número 3 del Tribunal Administrativo de Boyacá para, en su lugar, declarar la nulidad de la elección del mandatario del municipio de Duitama.

Con ponencia del magistrado Pedro Pablo Vanegas Gil, la Sección Quinta del Consejo de Estado definió en sentencia de segunda instancia, la demanda presentada por John Anderson Valderrama Lombana y José Luis Valenzuela Rodríguez, en contra de José Luis Bohórquez López, como alcalde del municipio de Duitama para el periodo 2024-2027, sobre doble militancia en la modalidad de apoyo.

La Sección resolvió, en un documento de 53 páginas, el recurso de apelación presentado por los demandantes contra la sentencia del 9 de julio de 2024, por medio de la cual la Sala de Decisión 3.º del Tribunal Administrativo de Boyacá negó las pretensiones de la demanda de la referencia.

La Sala consideró que el argumento del accionado, en relación con que el acuerdo de coalición a la alcaldía lo facultaba para que, entre otros, manifestara su apoyo a cada una de las campañas adelantadas por los partidos integrantes de dicha figura asociativa, no era de recibo, toda vez que no le es permitido a ninguna colectividad política desconocer las normas de rango constitucional y legal que imponen el deber de lealtad partidista, conforme lo ha señalado la jurisprudencia de la Corte Constitucional (SU-213/22) y de esta Sala de lo electoral.

La ponencia del magistrado Vanegas Gil, fue apoyado por los también magistrados Luis Alberto Álvarez Parra y Gloria María Gómez Montoya, mientras que el presidente de la sala Omar Joaquín Barreto Suárez, salvó voto.

Aquí está la sentencia completa:  

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