Los argumentos del abogado de Carlos Amaya para que el Consejo de Estado desestime pretensiones de las demandas #Tolditos7días

Carlos Amaya gobernador de Boyaca

Hoy el Consejo de Estado fallará sobre las demandas que pesan contra el gobernador de Boyacá, Carlos Amaya, por presunta doble militancia. Boyacá Sie7e Días conoció los alegatos de conclusión del abogado de Amaya, Humberto A. Sierra Porto, en este proceso. 

El apoderado del mandatario de los boyacenses señala que, se debe concluir que no es nulo el acto de elección de Carlos Andrés Amaya Rodríguez como gobernador del departamento de Boyacá, periodo 2024-2027, por encontrarse incurso en el escenario previsto por el legislador en el numeral octavo del artículo 275 del CPACA, pues:

1. No se acreditan las condiciones necesarias para la configuración de la doble militancia en modalidad de pertenencia, pues se probó que el señor Amaya Rodríguez no perteneció simultáneamente a los partidos Dignidad y Compromisos y Alianza Verde.

2. Tampoco se acreditan las condiciones necesarias para la configuración de la doble militancia en modalidad de apoyo, pues se logró probar que no existieron expresiones de apoyo a los candidatos Óscar Julián Correa Hernández (Partido de ‘La U’), Nelson Hernando Roa Rubio y Héctor Eduardo Lesmes Martínez (Coalición Partido de ‘La U’, En Marcha y Mira), tanto por los vicios del material probatorio que se han expuesto ampliamente, como por la imposibilidad -si en gracia de discusión se admitiera el material probatorio- de evidenciar los elementos de la doble militancia.

“Por consiguiente, señores magistrados, respetuosamente le solicito desestimar las pretensiones de las demandas acumuladas, con especial sustento en la reiterada jurisprudencia de esta sección, la cual señala que ante la falta de certeza o de pruebas que permitan demostrar los elementos de la prohibición de doble militancia, es deber del juez electoral dar prevalencia al principio de conservación del acto de elección, pues la declaratoria de nulidad del acto de elección por doble militancia requiere de un grado de convicción que más allá de cualquier duda razonable permita acreditar la presencia del apoyo ilegal, grado al cual es imposible arribar a partir de las pruebas obrantes en el expediente”, afirmó Sierra Porto.

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