Sentencia niega las pretensiones de las demandas de pérdida de investidura por doble militancia, que buscaban la nulidad de la elección del alcalde de Yopal.
El Tribunal Administrativo de Casanare emitió fallo de primera instancia acerca de las demandas de nulidad electoral contra el alcalde de Yopal, Marco Tulio Ruiz Riaño, procesos que se habían iniciado hace un poco más de un año, al conocerse los resultados que daban como ganador al demandado.
El motivo de las demandas estaba cimentado en que Ruiz Riaño había pertenecido simultáneamente a un movimiento de ciudadanos que lo postuló a la Gobernación de Casanare y a Cambio Radical, que lo avaló como candidato a la Alcaldía de Yopal cuatro años después.
“Esto se consideraba como ‘infiel’, por lo tanto, debería haber renunciado con 12 meses de anticipación a la curul de diputado a la Asamblea Departamental que ostentaba por efectos de la ley de oposición, al conseguir la segunda votación a la Gobernación en la elecciones para el periodo 2020-2023”, señalaron los demandantes.
El Tribunal se apartó del concepto de la Procuraduría General de la Nación, que planteó la doble militancia y la pérdida de investidura, argumento que fue rebatido por la defensa, que demostró que una situación es un partido político reconocido con personería jurídica y otro, un movimiento ciudadano que solo tiene vigencia para el periodo de tiempo en que se efectúa la campaña y sus efectos terminan al leerse el acta de escrutinios.
Conocido el fallo de primera instancia, seguramente el proceso seguirá un curso nuevo ante el Consejo de Estado por apelación de la sentencia, que según el argumento de la defensa, ratificará la decisión inicial, teniendo como antecedentes casos similares en Villavicencio, Envigado y Chía, donde se ventilaron casos similares en los estrados de lo Contencioso.