“La Procuraduría no es competente para sancionar a los funcionarios electos por voto popular en el país”, así lo ratificó la Sección Segunda el Consejo de Estado, al dejar en firme una sentencia que revocó una sanción en contra del exalcalde de Flandes (Tolima), Telesforo Bernal, impuesta por el Ministerio Público.
“Resulta imperativo incluir en este análisis un concepto de derecho internacional de obligatoria aplicabilidad: el principio de control de convencionalidad, creado y defendido por la Corte Interamericana de Derechos Humanos”, dice el fallo de los magistrados de esa Sección, Jorge Iván Duque y Luis Eduardo Mesa.
La noticia la han venido compartiendo entre los alcaldes de Boyacá y entre asesores jurídicos de despacho de los mandatarios, para referirse a la insistencia de la procuradora Margarita Cabello, quien ha insistido en que “ningún servidor público, incluyendo a los de elección popular, podrá estar por encima de la Constitución y la ley”. Son varios los alcaldes que enfrentan procesos en su contra por parte de la Procuraduría, en los que amenazan con sacarlos del cargo, inhabilitarlos o ponerlos en serios aprietos, pero dos de los más conocidos en los últimos días son el del alcalde de Chiquinquirá, Jefferson Caro, que tuvo que poner un buen abogado para que le archivaran el proceso en la Procuraduría, alegando improcedencia y el de Tunja, Mikhail Krasnov, a quien la Procuraduría le adelantaba un proceso de inhabilidad para ejercer el cargo.