Revivió la demanda de nulidad de la elección contra el alcalde de Tunja #Tolditos7días

mikhail krasnov alcalde de tunja

Cumpliendo lo ordenado por el Consejo de Estado, la sala dual de decisión del Tribunal Administrativo de Boyacá, volvió a analizar la demanda de nulidad que había sido rechazada por uno de sus magistrados por un requisito formal.

Pues el demandante apeló la decisión ante el Consejo de Estado, y este revocó el fallo y ordenó que se revisara el proceso y se le volviera a dar trámite y efectivamente así lo hicieron desde el Tribunal ubicado en Tunja, donde se acaba de admitir la demanda contra el burgomaestre, y el proceso por nulidad electoral ahora comienza de nuevo.

La demanda es por dos temas que según quien reclama deberían generar anulación de la elección del alcalde Mikhail Krasnov, la primera por unos contratos que tuvo el entonces docente de idiomas con la UPTC y la segunda causal de reclamo, es porque quien demanda, alega que por no tener nacionalidad colombiana, el alcalde ruso, no podía siquiera haberse inscrito como candidato al cargo y por ende, según él no podía ser electo.

En el fallo de 21 páginas, los magistrados Dayán Alberto Blanco Leguízamo y Diego Leonardo Higuera Jiménez, tomaron una decisión que se extiende en 14 numerales, de los cuales la decisión se resume en los cuatro primeros numerales:

“Primero: Obedézcase y cúmplase lo resuelto por la Sección Quinta del Consejo de Estado en auto de 6 de junio de 2024 a través del cual revocó el auto proferido por la Sala de Decisión 2 de esta Corporación el 6 de marzo de 2024, por medio del cual se rechazó la demanda de la referencia.

Segundo: Negar la suspensión provisional de los efectos del acto de elección de Mikhail Krasnov como alcalde del municipio de Tunja para el periodo 2024 – 2027 contenido en el formulario E – 26 ALC de 3 de noviembre de 2023, por las razones expuestas en esta providencia.

Tercero: Admitir la demanda de nulidad electoral incoada por la sociedad Grupo de Asesorías y Representación Jurídico SAS – GRUP COLOMBIA contra el acto de elección del señor Mikhail Krasnov como alcalde del municipio de Tunja para el periodo 2024 – 2027 contenido en el formulario E – 26 ALC de 3 de noviembre de 2023.

Cuarto: Notificar personalmente al señor Mikhail Krasnov, en la forma prevista en el numeral 1º del artículo 205 del CPACA, esto es, enviando copia digital de la presente providencia a la dirección electrónica suministrada por la parte actora. En caso de no poder efectuarse dicha diligencia, continúese con el trámite establecido en los literales b) y c) del numeral 1º del artículo 277 del CPACA…”, se puede leer en el fallo.

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