Los argumentosque tomó el Tribunal para declarar la nulidad de la concesión se generan en el procedimiento establecido por el reglamento interno del Concejo Municipal de Yopal.

El Tribunal Administrativo de Casanare confirmó el fallo de nulidad del contrato de concesión 1048 del 8 de septiembre del 2014, entre el municipio de Yopal y la Unión Temporal Servicios Tecnológicos de Tránsito de Yopal-Setty.
Según el exalcalde de Yopal Leonardo Puentes Suárez, quien es uno de los demandantes, con esta concesión el municipio estaba perdiendo entre 4.000 y 5.000 millones de pesos anuales, además de otras cifras que se lograron parar antes de que pudieran cobrarlas los empresarios.
Dice Puentes Suárez que, el concesionario Setty recibiría el 100 por ciento del recaudo por el registro nacional automotor y de registro nacional de conductores, lo que significaba que el municipio no obtendría ingresos de estas actividades; además, en el caso del servicio de parqueadero y grúas, que funciona en un lote de terreno del municipio, el concesionario recibiría el 83 por ciento de los ingresos, mientras que el municipio solo obtendría el 17 por ciento.
El exalcalde Leonardo Puentes insistió en que, en la concesión suscrita a 20 años utilizaron los recursos que pagan los ciudadanos al Estado por servicios del tránsito. Adicionalmente, expuso que las pérdidas con este fraudulento contrato ascenderían a los 35.000 o 40.000 millones de pesos.
Los argumentosque tomó el Tribunal para declarar la nulidad de la concesión de los servicios del tránsito se generan en el procedimiento establecido por el reglamento interno del Concejo Municipal de Yopal, que no fue aplicado correctamente; también, que las reformas al proyecto de acuerdo fueron tramitadas como proposiciones modificatorias, cuando debieron seguir el mismo procedimiento que el proyecto original, lo que implicó una falta de control legal y del principio de unidad de materia.
Además, el Tribunal estableció en el fallo que, las modificaciones introducidas al Acuerdo 023 del 2013, que incluían la implementación del sistema de foto-multas y el apoyo técnico y logístico a la gestión del cobro coactivo, no contaron con los estudios técnicos, financieros y jurídicos necesarios que justificaran dichas modificaciones.
En el texto del fallo del Tribunal Administrativo de Casanare se ordena al alcalde expedir un acto administrativo para dar por terminado el contrato de concesión y disponer su liquidación en el estado en que se encuentre.
Curiosamente, la reclamación judicial fue interpuesta en su momento por el exconcejal y exalcalde Leonardo Puentes; por César Augusto Ortiz Zorro, hoy gobernador; por Heyder Silva, actualmente diputado, y los exconcejales Julián Fonseca Pérez, José Humberto Barrios y Juan Vicente Nieves.