Pueden afiliarse en salud hermanos, abuelos, tíos, sobrinos, nietos, bisabuelos, bisnietos, suegros, yernos, nueras y cuñados.
Dentro de los mecanismos dirigidos a la continuidad del aseguramiento integral se encuentra la opción de la afiliación de familiares en la condición de beneficiarios del Plan de Beneficios en Salud (PBS).
Esta es otra de las formas en las que aun estando desempleado un colombiano puede mantenerse en el Sistema General de Seguridad Social en Salud.
Hay que tener en cuenta que para este caso pueden ser considerados beneficiarios las personas diferentes al grupo familiar básico del cotizante, siempre y cuando dependan económicamente de este.
Adicionalmente, deben encontrarse hasta en el cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad del trabajador que cotiza, es decir que pueden afiliarse hermanos, abuelos, tíos, sobrinos, nietos, bisabuelos, bisnietos, suegros, yernos, nueras y cuñados.
Así mismo, pueden afiliarse como beneficiarios menores de 12 años sin parentesco que dependan económicamente del cotizante, los hijos entre 18 y 25 años que dependan económicamente del cotizante o hijos mayores de 25 años que sufran de algún tipo de discapacidad.
“Nueva EPS invita a los interesados en estos procesos a que se informen visitando nuestra página web www.nuevaeps.co”, dijeron en la Entidad Promotora de Salud.