La demanda pide que se declare la nulidad absoluta del contrato de concesión No. 120 – 2023- LP-001 -2023.
El Juzgado Segundo Administrativo del Circuito de Sogamoso admitió, en primera instancia, el medio de control de controversias contractuales iniciado por el Intrasog en contra de la UT Tecnológicas e Innovación en Movilidad, Compañía Integral de Recuperación de Activos (CIRA) S.A.S. y Servicios Integrales GSCI S.A.S.
En ejercicio del medio de control de controversias contractuales, consagrado en el artículo 141 del CPACA, el Instituto de Transito y Transporte de Sogamoso (Intrasog), solicita se declare la nulidad absoluta del contrato de concesión No. 120 – 2023- LP-001 -2023, suscrito entre el Intrasog y la UT Tecnológicas e Innovación en
Movilidad.
Como consecuencia de la anterior declaración, pidió que se ordene la liquidación y terminación judicial del citado contrato en el estado en que se encuentre, se niegue cualquier pago, erogación, reconocimiento o indemnización alguna con ocasión a la declaratoria de nulidad solicitada y que por parte de la UT accionada se devuelva al Intrasog la información entregada con ocasión al contrato de concesión.
“En este orden, debido a que el asunto puede debatirse en esta jurisdicción, que la demanda cumple con los requisitos señalados en el artículo 162 del CPACA y, en consideración a que este juzgado tiene competencia por el factor territorial y funcional, se admite en primera instancia el medio de control de controversias contractuales”, precisó el Juzgado.