Dentro de la demanda contra el acuerdo del Consejo Directivo de la Corporación Autónoma Regional de Boyacá (Corpoboyacá) que designó a Yeimy Liseth Echeverría Reyes como directora general de la entidad, se solicitó como medida cautelar la suspensión de la funcionaria de su cargo.
El Consejo de Estado al respecto indicó que, en este momento
procesal no se puede establecer cuáles documentos fueron presentados por la
señora Yeimy Liseth Echeverría Reyes al momento de la inscripción, como, por ejemplo, la hoja de vida con los respectivos, puesto que, dentro del expediente no obran los antecedentes administrativos, de modo que no es posible realizar un estudio del requisito de experiencia relacionada, con fundamento en las censuras de la demanda.
Agregó que, frente a la reclamación presentada por la demandada, contra
los resultados preliminares de incumplimiento del requisito de experiencia específica, solo se encuentran los argumentos de defensa indicados en esa oportunidad y, si bien, se anexaron unos documentos, al no contarse con los necesarios para estudiar la alegada violación, en este momento procesal no es posible determinar si los mismos fueron allegados al momento de la inscripción.
“Por lo anterior, no se accederá a la medida cautelar solicitada, toda vez que no se cuenta con los elementos materiales probatorios para hacer el estudio del cumplimiento de los requisitos mínimos de la demandada para el cargo de directora general de Corpoboyacá, de manera que es necesario agotar el periodo
probatorio para que, en la sentencia, se realice dicho estudio”, precisó el Consejo de Estado.
¿Qué dirá el alcalde de Duitama, a quien el Consejo de Estado sí le ordenó la suspensión?