No va el contrato de manejo de residuos de Yopal

La medida la tomó el Juzgado Segundo Administrativo del Circuito de Yopal, atendiendo una Acción Popular interpuesta por el ex alcalde, Leonardo Puentes Vargas.

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La medida la tomó el Juzgado Segundo Administrativo del Circuito de Yopal, atendiendo una Acción Popular interpuesta por el ex alcalde, Leonardo Puentes Vargas. Foto: Suministrada a Boyacá Sie7e Días.

El exmandatario de la capital del departamento de Casanare alegó, que el contrato es una concesión irregular, donde se compromete el capital económico de los yopaleños por más de 30 años.

El despacho judicial emitió una medida cautelar en la que suspende la realización del contrato 147 de 2022, firmado entre la Empresa de Acueducto, Alcantarillado y Aseo de Yopal y la empresa SSYAM de Colombia, cuyo objeto era la construcción e implementación de una planta de tratamiento de aprovechamiento y manejo integral e industrial de residuos sólidos urbanos con tecnología de punta en el relleno sanitario El Cascajar del municipio de Yopal.

El resultado obtenido en este despacho judicial, es la respuesta a la solicitud del apoderado judicial de la Empresa de Acueducto, hoy intervenida por la Superintendencia de Servicios Públicos, quien una vez argumentó su gestión, logró que se decretara la suspensión inmediata de la ejecución del contrato en mención.

En el texto del fallo se establecen argumentos donde se describen una serie de inconsistencias como la falta de licencias ambientales, errores de planeación, ausencia de planos, errores en  cálculos, el estudio de impacto ambiental para tramitar la licencia ambiental, la cual no fue aprobada por Corporinoquia.

Vale la pena reiterar, tal como señaló la Superintendencia de Servicios Públicos,  que el considerado aliado estratégico, no cuenta con la capacidad económica para realizar el cierre financiero del proyecto. 

En la propuesta se identifica como única fuente financiera del proyecto a la empresa NGP SAS, la cual, según certificado de existencia y representación legal, apenas cuenta con un capital de un millón de pesos.

Igualmente, en el fallo judicial se reitera que no se tuvieron en cuenta las advertencias realizadas por la Contraloría General de la República, que en su momento señaló, que no hubo principio de transparencia, no se verificó la capacidad financiera del contratista, hubo indebida planeación, la proyección de los costos financieros es desacertada entre otros errores ejecutados dentro del contrato firmado por el gerente de la EAAAY en su momento, Jairo Bossue Pérez y avalada por el Presidente de la Junta Directiva, Luis Eduardo Castro.

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