Tras determinar que efectivamente la expedición del Decreto No. 018 del 21 de enero del 2021, por el cual se revoca el Decreto 472 del 18 de octubre del 2018, está viciada, en razón a la falta de competencia que había sido otorgada al ejecutivo para regular un componente del plan de ordenamiento territorial mediante decreto por ser un facultad establecida en el Concejo Municipal, tal y como se expresa en la Constitución Política de Colombia y en el componente del POT, Acuerdo 029 del 2016, el Comité de Conciliación aprobó la revocatoria de dicho decreto.
El acto administrativo 472 del 18 de octubre del 2018 establecía el nodo multimodal de transporte de pasajeros y el régimen de uso de suelo aplicable de conformidad al acuerdo 029 del 2016. La revocatoria del Decreto 018 del 2021 se aprobó con el fin de subsanar las anomalías por la falta de competencia con relación al carácter pro tempore de la autorización dada al ejecutivo de las funciones que le competen única y exclusivamente al Concejo Municipal.