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Concejo Municipal de Tota aprobó un proyecto de acuerdo contrario a la ley

Por demanda del departamento fue declarada la invalidez del acuerdo. 

Tumban acuerdo municipal de Tota por ser contrario a la ley. Foto: archivo particular

El Tribunal Administrativo de Boyacá declaró la invalidez del Acuerdo No 012 de 30 de noviembre del 2022, expedido por el Concejo de Tota, por el cual se autorizó al alcalde de esa población para asumir obligaciones con cargo de vigencias futuras ordinarias, en cumplimento del Plan de Desarrollo Municipal. 

El mencionado acto administrativo fue demandado por parte del departamento de Boyacá, al considerar que realizada la revisión jurídica ordenada en el artículo 305, numeral 10 de la Constitución Política, observaba que era contrario a esta y a la Ley.

El Tribunal Administrativo de Boyacá consideró que el Concejo Municipal de Tota al expedir el mencionado acuerdo solo se refirió formalmente o en apariencia a la figura de las vigencias futuras ordinarias, porque los proyectos frente a los cuales las autorizó no cumplieron el porcentaje mínimo de ejecución en la vigencia inicial (2022).

En efecto, a pesar de que en el acuerdo se especificaron los montos imputados a cada vigencia, el proceso contractual en ambos proyectos se realizó en la anualidad siguiente, situación que desconoció el artículo 12 de la Ley 819 del 2003.

Enfatizó el Tribunal que, si dentro de la planeación del municipio se tenía previsto realizar el trámite precontractual y contractual de los proyectos mencionados en el Acuerdo 012 del 30 de noviembre del 2022, en la siguiente vigencia (2023), no resultaba procedente destinar recursos de la anterior, en virtud del principio de anualidad, pues estos debían ejecutarse con el presupuesto de la vigencia en la que iniciaban y finalizaba, ya que solo podía afectar el gasto de la ejecución prevista para ese año y autorizar vigencias futuras para el gasto de la ejecución el año siguiente, con el fin de mantener la disciplina fiscal.