Tribunal validó acuerdo que autorizó al alcalde de Socotá a comprometer vigencias futuras ordinarias de la vigencia fiscal 2023 para la adquisición de una ambulancia.

La Gobernación de Boyacá demandó el Acuerdo No 019 del 2022 del municipio de Socotá, por considerar que era contrario a la Ley.
El citado acuerdo autorizó al alcalde de Socotá, William Eusebio Correa Durán, a comprometer vigencias futuras ordinarias de la vigencia fiscal 2023 para la adquisición de una ambulancia destinada a la ESE Centro de Salud San Antonio.
Señaló la Gobernación de Boyacá que, teniendo en cuenta que el objeto de la vigencia futura no alcanza a ejecutarse en el 2022, fecha en la que fue autorizada, conforme a pronunciamiento de esta corporación, los gastos autorizados en el presupuesto de una vigencia se deben comprometer y ejecutar en esa vigencia, lo que no ocurre en el acuerdo demandado.
El artículo primero del mencionado acuerdo municipal autorizó al alcalde de Socotá a comprometer vigencias futuras ordinarias de la vigencia fiscal 2023 por la suma de $ 54.949.021.33 con el objeto de aunar esfuerzos para la adquisición de una ambulancia para fortalecer el transporte asistencial básico de la ESE Centro de Salud San Antonio de Socotá, en cofinanciación con la Alcaldía municipal y Fundación Milpa.
Luego de citar el texto del mencionado acuerdo, indicó el Tribunal Administrativo de Boyacá que, al examinar su parte considerativa, se tenía que dentro de los fundamentos normativos se hizo alusión a los artículos 23 y 24 de la Ley Orgánica de Presupuesto, así como al Decreto 111 de 1996, modificados por los artículos 10, 11 y 12 de la Ley 819 del 2003, los cuales contemplan las vigencias futuras ordinarias para las entidades territoriales, disponiendo que para la asunción de obligaciones que afecten presupuestos de vigencias futuras debe mediar autorización del Confis, señalando que como mínimo, de las vigencias futuras que se soliciten se deberá contar con apropiación del 15 % en la vigencia fiscal en la que estas sean autorizadas y se informó que aquel mediante acta de octubre del 2022 aprobó la vigencia futura ordinaria.
«Evidenció igualmente la Sala que con la demanda se allegó como prueba certificado de viabilidad de banco de proyectos municipio de Socotá expedida por el jefe del Banco de Proyectos del municipio de Socotá, el 22 de septiembre del 2022, mediante el cual se avaló el proyecto de mejoramiento y sostenibilidad en cobertura, calidad y prestación del servicio de salud en el municipio de Socotá, cuyo objeto del contrato era la adquisición de una ambulancia, informando, además, que conforme al plan de desarrollo, en el sector salud y proyección social se propuso como meta realizar una dotación al Hospital San Antonio», explicaron en el organismo judicial.
Así mismo, se allegó certificación expedida por la Secretaría de Hacienda del municipio de Socotá el 25 de octubre del 2022, en la que se informó que el monto de las vigencias futuras ordinarias solicitadas para la vigencia 2023, consultan las metas plurianuales de marco fiscal de mediano plazo del municipio de Socotá 2023 – 2032, su plazo y las condiciones de las mismas.
«La sumatoria de la totalidad de los compromisos que se pretenden adquirir con estas vigencias futuras ordinarias, no exceden la capacidad de endeudamiento del municipio. Su autorización no genera un costo fiscal adicional para el municipio puesto que su financiación se realizará los recursos propios que aporte el municipio se encuentran apropiados en el proyecto de acuerdo de ingresos y gastos para la vigencia 2023», precisó la Secretaría de Hacienda de Socotá.

También se allegó copia del certificado de disponibilidad presupuestal DIS-2022100033, suscrito por la Secretaría de Hacienda del municipio de Socotá el 27 de octubre del 2022, cuyo objeto es «Garantizar recursos convenio Alcaldía municipal de Socotá – ESE Centro de Salud San Antonio Socotá – Milpa adquisición de ambulancia», por valor de $ 17.550.978.67.
Resaltó la corporación judicial que, como se observaba, el Concejo municipal de Socotá expidió el acuerdo acusado autorizando al alcalde municipal para comprometer vigencias futuras ordinarias de la vigencia fiscal 2023, por la suma de $ 54.949.021.33, a fin de realizar la compraventa del vehículo tipo ambulancia.
Manifestó el Tribunal que, se entendía que el objeto del acuerdo acusado fue el de autorizar al alcalde municipal para suscribir un contrato cuya ejecución superaba la vigencia 2022. Es decir, se autorizó al alcalde para comprometer vigencias futuras ordinarias, teniendo en cuenta que el 75,79 % de los recursos a apropiar para ejecutar el contrato previstos irían con cargo al presupuesto de la vigencia 2023, y en donde se contaba con apropiación por un porcentaje superior al 15 % en la vigencia fiscal del 2022, esto es, del 24,21 %.
«En virtud de lo anterior, revisado el acuerdo municipal demandado, en el mismo se señaló el objeto contractual, el plazo y porcentaje de ejecución, el valor a comprometer en cada vigencia -2022 y 2023-, así como se informó que se contaba con la autorización del Confis para comprometer vigencias futuras ordinarias, allegándose el correspondiente certificado de disponibilidad presupuestal», afirmó el Tribunal Administrativo de Boyacá.
De conformidad con lo anterior, estimó la Sala que el acto administrativo demandado estaba conforme a los preceptos constitucionales y legales, razón por la cual se negó la pretensión de declaratoria de invalidez.