Se modificó la resolución que solo permitía el paso de vehículos de hasta 28 toneladas.
Mediante la Resolución No. 00188 del pasado 27 de enero, el Instituto Nacional de Vías (Invías) amplió el rango de peso permitido para los vehículos de carga por la transversal del Cusiana.
De ahora en adelante podrán transitar camiones con peso bruto vehicular de hasta 40 toneladas por la carretera entre Sogamoso (Boyacá) y Aguazul (Casanare).
La Resolución No. 02761 del 28 de julio del 2022 restringía el paso de vehículos de carga con peso bruto vehicular superior a 28 toneladas por el sector comprendido entre el kilómetro 83 más 600 y el kilómetro 87 (sector La Granja).
“La firma interventora (de las obras que se realizan en la transversal del Cusiana), Consorcio Terra CGS, manifiesta que se ha revisado el comportamiento de la banca en el kilómetro 87 al paso de vehículos con cargas que superan las 28 toneladas, encontrando que no hubo afectación a la banca ni los pilotes que están fundidos en el sitio, por lo que, se considera viable el tránsito de vehículos de carga con peso bruto vehicular igual o inferior a 40 toneladas, realizando la verificación y monitoreo del comportamiento de la banca en el sector”, explicaron en el Invías.
Agregaron que, para garantizar la seguridad de los usuarios en el sector mencionado, se hace necesario tomar medidas preventivas en la vía y se considera procedente autorizar la restricción en el sector antes citado.
La Resolución No. 00188 del 27 de enero del Invías incluye el siguiente parágrafo: “En los eventos en que se requiera el transporte de cargas indivisibles extrapesadas e indivisibles
extrapesadas y extradimensionadas a la vez, sobre la vía objeto de restricción, el interesado deberá cumplir lo dispuesto en la resolución No. 4959 del 2006, expedida por el Ministerio de Transporte, y adicionalmente con los requerimientos que en cada caso determine la Dirección Territorial Casanare. El cumplimiento del último requisito, en todos los casos, será certificado por la Dirección Territorial, remitiendo concepto de viabilidad para el transporte, mediante memorando con destino a la Subdirección de Reglamentación Técnica e Innovación para los fines pertinentes”.