“El presidente de la República, no el Congreso, no el ministro, no la fuerza pública, no el alcalde, no el gobernador, sino el presidente de la República, por orden constitucional, tiene la facultad de generar las políticas generales de administración y control de eficiencia de los servicios públicos domiciliarios”.
Así lo afirmó ayer el presidente Gustavo Petro durante el encuentro con los comunales de Boyacá en Duitama. El mandatario dijo que, el artículo 370 de la Constitución Nacional establece que le corresponde al presidente señalar las políticas generales de administración y control de eficiencia de los servicios públicos domiciliarios y ejercer por medio de la Superintendencia de Servicios Públicos el control, inspección y vigilancia de las entidades que los prestan.
Petro indicó que la ley señala que son las comisiones de regulación las que cumplen esas funciones, pero solo en caso de que el presidente decida delegarlas. “Este presidente ha decidido no delegar sus funciones en las comisiones de regulación de servicios públicos, al menos por un tiempo, y entonces voy a asumir el control, las políticas generales de administración de los servicios públicos de Colombia directa y personalmente”, anunció el presidente.