El ministerio a través de la Resolución 023655 expedida la mañana de este 10 de diciembre de 2021 resolvió renovarle por el término de seis años la Acreditación Institucional en Alta Calidad Multicampus a la Universidad Pedagógica y Tecnológica de Colombia (Uptc), con oferta en Tunja, Duitama, Sogamoso y Chiquinquirá.
La Universidad deberá velar por el mantenimiento de los aspectos positivos que dieron origen al reconocimiento de la acreditación institucional en alta calidad, así como atender a las recomendaciones de los aspectos a mejorar en procura de garantizar el mejoramiento continuo. El Ministerio registró el acto administrativo en el sistema nacional de la educación superior.
Eso sí en el artículo cuarto advierte que la renovación de la acreditación institucional en alta calidad multicampus podrá ser objeto de inspección y vigilancia y en caso de encontrarse que no mantiene las condiciones de condiciones de acreditación en alta calidad, requerida para su funcionamiento o que se impida el normal funcionamiento el presente acto administrativo perderá sus efectos jurídicos una vez se encuentre ejecutoriada la resolución que expida el Ministerio de Educación Nacional, si a ello diere lugar.
El documento está firmado por la ministra de educación, María Victoria Angulo González y renueva la resolución número 3910, del 24 de marzo de 2015 con la que se había renovado la acreditación institucional de alta calidad por el término de seis años.
#Atención El @Mineducacion le acaba de renovar la Acreditación Institucional en Alta Calidad Multicampus a la @universidaduptc por seis años. Los detalles en https://t.co/kiJerDELMl pic.twitter.com/n3kkJFsLvI
— Boyacá Sie7e Días (@boyacasietedias) December 10, 2021
La institución había presentado ante el Consejo Nacional de Acreditación (CNA) la solicitud de renovación de la Acreditación y el CNA en sesión realizada los días 27 y 28 de 2021 emitió concepto favorable recomendando la renovación, siempre y cuando se mantengan las condiciones en alta calidad y no sobrevengan situaciones de hecho que afecten la calidad o el servicio público durante la vigencia del acto administrativo.
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