[Infografía] La Acción de Tutela en la protección de los derechos pensionales

El Tribunal Administrativo de Boyacá explica que, la Acción de Tutela procede excepcionalmente para reconocer derechos pensionales a personas que gozan de especial protección constitucional.

Al conocer la impugnación de un fallo de tutela, en la que el accionante demandó la protección de sus derechos a la vida, la igualdad, el debido proceso, la seguridad social y el mínimo vital, entre otros, el Tribunal Administrativo de Boyacá abordó este tema, que se explica en la siguiente infografía.

La tutela se interpuso contra la Administradora Colombiana de Pensiones (Colpensiones), entidad que negó su solicitud de pensión de sobreviviente frente al 50 por ciento de la pensión de su fallecido padre, pues la misma había sido reconocida a la cónyuge sobreviviente, pero no al demandante, quien ostentaba la condición de discapacidad.

El Tribunal determinó que, la procedencia de la Acción de Tutela para un reconocimiento pensional es excepcional y debe ser flexibilizada frente a sujetos de especial protección constitucional, como las personas de la tercera edad, en condición de discapacidad, que se encuentran en situación de pobreza o en posiciones de debilidad manifiesta.