Concejo de Sogamoso vulneró derecho colectivo a la moralidad administrativa en concurso de personero #Tolditos7días

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La jueza Primera Administrativa del Circuito Judicial de Sogamoso falló en primera instancia la acción popular interpuesta por el abogado Pedro Barrera Varela, que pedía declarar que el Concejo municipal con ocasión de la suscripción del contrato de asesoría y apoyo al proceso de concurso para la elección de personero de la ciudad vulneró el derecho e interés colectivo a la moralidad administrativa.

También solicitaba, como consecuencia de la anterior, la terminación unilateral al contrato y, en consecuencia, reiniciar el proceso del concurso de méritos para la elección del personero de Sogamoso para el periodo 2020-2024.

En su sentencia la jueza decidió: primero, declarar probada la excepción de falta de legitimación en la causa por pasiva planteada por el apoderado del municipio de Sogamoso.

Segundo, declarar no probadas las excepciones de existencia del medio de control idóneo e indebida escogencia medio de control, formuladas por el expresidente del Concejo municipal de Sogamoso, así como la de hecho superado planteada por el apoderado del municipio de Sogamoso y el aludido cabildante.

Tercero, declarar la vulneración del derecho colectivo a la moralidad administrativa por parte del Concejo municipal de Sogamoso.

Cuarto, negar las pretensiones restitutivas de la demanda por la configuración del fenómeno jurídico de la carencia actual de objeto por daño consumado.

Quinto, levantar la medida cautelar de suspensión provisional de la ejecución del contrato de prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión No. 019 del 25 de junio del 2019, decretada mediante auto proferido el 24 de enero del 2020.

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