¿Por qué se cuestiona la elección de la directora del ICBF Boyacá? #Tolditos7días

En su acción de tutela, el abogado Álvaro Eduardo León Figueroa plantea varios puntos para exigir que se recomponga la terna para la elección del director del ICBF Boyacá:

– El 23 de octubre del 2020 se realizó en la ciudad de Tunja la prueba de conocimientos específicos dentro de la convocatoria BF/20 002 Regional ICBF Boyacá y los resultados son publicados el 3 de noviembre del 2020 por parte de la Universidad Nacional de Colombia – CID en la página del ICBF.

– El 17 de diciembre del 2020 se publican nuevamente los resultados de la prueba de conocimientos específicos para la convocatoria BF/20 002 con una nota aclaratoria, que señala: ¨… La Universidad Nacional de Colombia, garantizando el derecho a la defensa y contradicción de los concursantes respecto de la publicación de resultados de la prueba escrita de conocimientos aplicada el 23 de octubre del 2020, acató lo ordenado en fallo de tutela del 7 de diciembre del 2020 proferido por el Juzgado 27 de Familia de Bogotá, y en consecuencia modifica los resultados publicados el 3 de noviembre del 2020…¨ (la única modificación consistió en que el concursante identificado con la cédula de ciudadanía No 23782019 que en la publicación del 3 de noviembre del 2020 no superaba la prueba escrita, al acatar lo ordenado en el fallo de tutela y modificar el puntaje superaba la prueba escrita).

– El fallo de tutela se profirió por el Juzgado 27 de Familia de Bogotá dentro de una acción constitucional promovida por una concursante de la Convocatoria BF/20 – 006 director regional Cundinamarca, dentro de la cual se vincularon solamente a algunos de los terceros interesados de esa convocatoria regional; sin embargo, de manera inadmisible los efectos de este fallo se extendieron a los participantes de la Convocatoria BF/20 002 director regional Boyacá.

– El lunes 9 de agosto del 2021, a través de redes sociales tengo conocimiento de que el fallo de tutela proferido por el Juzgado 27 de Familia de Bogotá, el día 7 de diciembre del 2020, por medio del cual se modificaron los resultados publicados el 3 de noviembre para la convocatoria BF/20 002 director regional Boyacá, fue revocado por parte de la Sala de Familia del Tribunal Superior de Bogotá D. C. a través de una sentencia calendada con fecha 5 de febrero del 2021 dentro del radicado No. 11001- 31-10-027-2020-00519-01.

– La providencia de segunda instancia proferida por la Sala de Familia del Tribunal Superior de Bogotá D. C. no obstante haberse emitido el día 5 de febrero del 2021 fue notificada a las partes e intervinientes el día 28 de julio del 2021 por parte del Juzgado 27 de Familia de Bogotá D. C., es decir medio año después de haber sido promulgada.

– El 10 de agosto del 2021 fue presentado derecho de petición al ICBF, a la Universidad Nacional de Colombia y al DAFP, solicitando la recomposición de la terna en cumplimiento a los términos de la convocatoria y al acatamiento del fallo de tutela de segunda instancia proferido por la Sala de Familia del Tribunal Superior de Bogotá.

– El 1 de septiembre la Dirección de Gestión Humana del ICBF da respuesta al derecho de petición presentado el día 10 de agosto de 2021 señalando que: 2. La modificación de los resultados de la prueba de conocimientos no obedeció al cumplimiento de la providencia emanada por el Juzgado 27 de Familia de Bogotá del 7 de diciembre del 2020, sino a la identificación de inconsistencias en la formulación de algunas preguntas luego de las reclamaciones presentadas en los términos indicados en la convocatoria…

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