Personera de Sogamoso sigue suspendida, tras fallo del Consejo de Estado que no le amparó derechos

Mediante acción de tutela, el apoderado de la titular de la personería municipal de la Ciudad del Sol y del Acero reclamaba que se le reintegrará al cargo a su representada, mientras se adelanta el trámite judicial que corresponde a determinar si su elección se encuentra viciada o no.

Edhy Alexandra Cardona Corredor, personera municipal de Sogamoso, continúa suspendida de su cargo mientras se determina la legalidad de su elección. Foto: archivo particular

El Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Primera, confirmó la sentencia de tutela del 16 de julio del 2021, proferida por la Subsección ‘A’ de la Sección Tercera de esa misma corporación judicial.

En esa sentencia, la Subsección ‘A’ de la Sección Tercera declaró improcedente la solicitud de amparo reclamada por la personera municipal de Sogamoso, Edhy Alexandra Cardona Corredor, por medio de su apoderado, al considerar que no cumplía con el requisito de la subsidiariedad.

En la acción de tutela, el apoderado de la personera de la Ciudad del Sol y del Acero pedía que se le tutelarán los derechos al acceso a la administración de justicia, al trabajo, a la seguridad social y al debido proceso conculcados a su representada Edhy Alexandra Cardona Corredor con la decisión proferida por el Consejo de Estado – Sala de lo Contencioso Administrativo – Sección Quinta, fechada el 20 de mayo pasado, por incurrir la decisión en vías de hecho descritas como defecto fáctico, defecto material o sustantivo y exceso ritual manifiesto.

En segundo lugar, solicitaba que se ordenara el reintegro al cargo de personera municipal de Sogamoso de su mandante Edhy Alexandra Cardona Corredor, mientras se adelanta el trámite judicial que corresponde a determinar si su elección se encuentra viciada o no, teniendo en cuenta que al suspenderla se están dando por ciertas las irregularidades manifestadas por el actor sin permitir que se ejerza su derecho de defensa, violentando el debido proceso.

La personera de Sogamoso impugnó la decisión de la Subsección ‘A’ de la Sección Tercera, pero la Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Primera, encontró que es evidente que el proceso de nulidad electoral que cursa contra la elección de la abogada Cardona Corredor como personera de Sogamoso, aún se encuentra en trámite y, en ese sentido, la intervención del juez constitucional se encuentra vedada.

“Ello en tanto que, es el mismo proceso judicial el escenario adecuado para hacer valer los derechos que las partes estiman vulnerados”, explicó el alto tribunal.

Agregó que, con fundamento en lo anterior y atendiendo que aún se encuentra en curso el proceso judicial dentro del cual se alega la supuesta afectación a las garantías iusfundamentales de la actora, la Sala advierte que la presente solicitud de amparo deviene en improcedente por no satisfacer el requisito de la subsidiariedad, máxime cuando de la revisión del escrito de tutela y de la impugnación, no se evidencia la ocurrencia de un perjuicio irremediable, con el fin de que se habilitara la intervención del juez constitucional como mecanismo transitorio.

“Sumado a lo anterior, la Sala considera necesario indicar que, con la resolución de una medida cautelar se busca evitar que actos contrarios al ordenamiento jurídico puedan continuar surtiendo efectos, mientras se decide de fondo su constitucionalidad o legalidad, en el proceso ordinario en el que se hubiere decretado tal medida. Es por ello que su finalidad está dirigida a «evitar, transitoriamente, que el acto administrativo surta efectos jurídicos, en virtud de un juzgamiento provisorio del mismo, salvaguardando los intereses generales y el Estado de derecho», lo que quiere decir que, contrario a lo manifestado por la impugnante, no existe prejuzgamiento cuando se decreta una medida de dicho tenor”, recalcó la alta corte.

Por tanto, el Consejo de Estado no le dio la razón a Edhy Alexandra Cardona Corredor.

La suspensión de su cargo de la personera municipal de Sogamoso se dio mediante una decisión del Consejo de Estado, que revocó el numeral octavo del auto del 14 de octubre del 2020, en el que el Tribunal Administrativo de Boyacá resolvió negar la medida cautelar solicitada por el demandante. En su lugar, la alta corte decretó la suspensión provisional de los efectos de la elección de la señora Edhy Alexandra Cardona Corredor como personera municipal de Sogamoso, decisión que está en firme.   

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