El Concejo municipal deberá efectuar nuevamente, en su totalidad, el concurso de méritos para la elección del titular de la Personería de dicho ente territorial, para el periodo 2020-2024.

Por falta de idoneidad de la empresa que apoyó el concurso de méritos para la elección del personero municipal de Güicán de la Sierra, para el periodo 2020-2024, se declaró su nulidad.
El Tribunal Administrativo de Boyacá encontró que el concurso de méritos no fue apoyado por una empresa idónea, por tanto, confirmó la decisión de declarar la nulidad del acto de elección del actual personero del municipio de Güicán, Harwy Ferley Ramírez.
Como consecuencia de esta decisión, el Concejo municipal de Güicán de la Sierra deberá realizar nuevamente, en su totalidad, el concurso de méritos para la elección del personero de dicho ente territorial para el periodo 2020-2024.
El Tribunal explicó que el concurso de méritos para elegir al personero fue realizado por el Concejo de la aludida entidad territorial con apoyo de Fedecal y Creamos Talentos, con las cuales firmó convenio para recibir asesoría jurídica y apoyo a la gestión en cada una de las etapas del concurso y no para delegar en las entidades contratadas la función asignada al cuerpo colegiado.
En criterio de la corporación judicial, del material probatorio se pudo establecer que Creamos Talentos es una aliada estratégica de la Federación Colombiana de Autoridades Locales (Fedecal), persona jurídica que no tiene dentro de su objeto social la actividad de llevar a cabo procesos de selección de personal, aunque haya sido contemplado como un fin en los estatutos.
La historia
El 31 de mayo del 2019, la Escuela Superior de Administración Pública (Esap), a través de su página web, ofreció a los municipios de 5ª y 6ª categoría de todo el país su acompañamiento gratuito en el desarrollo de los concursos de mérito para elegir personero del periodo 2020–2024, invitación que ofreció de nuevo mediante comunicado de prensa del 23 de julio del 2019.
La Procuraduría General de la Nación, mediante circular No. 16 del 25 de septiembre del 2019, advirtió a todos los concejos municipales del país que, en el evento de acudirse a entidades distintas a la Esap, la norma y la jurisprudencia resaltan y exigen como perfil de los mismos, especialidad y experiencia en procesos de selección de personal.
“Por lo tanto, sobre los concejos recae el deber de evaluar y tomar las medidas necesarias que garanticen que las entidades seleccionadas tengan la suficiencia humana, jurídica, técnica, administrativa y financiera para realizar el respectivo concurso público de méritos (…) para propender por la idoneidad de los aspirantes para el ejercicio de las funciones de personero (…)”, recalcó la Procuraduría.
La Federación Colombiana de Autoridades Locales (Fedecal) y el establecimiento de comercio Creamos Talentos, ofrecieron sus servicios en varios municipios con el argumento de tener experiencia en la aplicación de dichas pruebas y que la mencionada federación ha acompañado a la Federación Nacional de Concejos (Fenacón) y a Creamos Talentos en el desarrollo de más de 200 concursos de méritos de elección de personero municipal, por lo que contaba con la idoneidad necesaria para dicha tarea, esto es, “confundiendo los conceptos jurídicos de experiencia y de idoneidad (…)”.
El 15 de febrero del 2019, el presidente del Concejo del municipio de Güicán de la Sierra celebró con Fedecal y con Creamos Talentos un convenio por valor de 4’000.000 de pesos, con el objeto de aunar esfuerzos administrativos y operativos entre el Concejo de Güicán para acompañar, asesorar y apoyar la gestión del concurso de méritos para la elección del personero municipal.
Dicha actuación se basó en lo dispuesto en el artículo 96 de la Ley 489 de 1998, debido a que no contaba con experiencia ni recursos humanos y financieros suficientes para cubrir los gastos que ocasiona el desarrollo de dicha actividad, sin exigirle protocolos para la reserva de las preguntas antes de la aplicación de las pruebas.
El Concejo municipal de Güicán de la Sierra convocó y reglamentó el concurso público abierto para proveer el cargo de personero de dicho municipio para el periodo 2020 – 2024, a través de la Resolución No. 028 del 8 de noviembre del 2019, cuya inaplicación se solicita por incurrir en vicios de ilegalidad en el cronograma, en la divulgación y publicidad de la convocatoria, en los protocolos de seguridad de reserva y custodia de las preguntas a aplicar en las pruebas, además de que Fedecal es una persona jurídica sin ánimo de lucro representada legalmente por Ángela Mercedes Guzmán Ayala, con tan solo 4 empleados y consultado el Sistema Nacional de Información de la Educación Superior, ni Fedecal ni Creamos Talentos se encuentran registrados como una institución de educación superior.