Atención: Tribunal de Cundinamarca le pone freno a las protestas de este miércoles en Colombia

El Tribunal le ordenó al presidente de la República y a los mandatarios locales aplazar las manifestaciones hasta que se implemente un protocolo de bioseguridad o se alcance la inmunidad de rebaño con la vacunación contra el covid-19.

Los labriegos tuvieron que regresar de la protesta, sin ser atendidos por ninguna autoridad, para alistar sus bultos de papa que venderán este fin de semana a la orilla de las carreteras. Foto: Cortesía de Camilo Barón

Considerando que deben protegerse la salud, la vida y la salubridad pública de todos los colombianos, de las personas de tercera edad, de los niños y de todo el personal médico, la Subsección B de la Sección Cuarta del Tribunal Administrativo de Cundinamarca decretó una medida cautelar ordenando el aplazamiento de las manifestaciones de este 28 de abril y primero de mayo.

Según la magistrada Nelly Yolanda Villamizar, con las protestas los manifestantes vulneran los derechos fundamentales a la salud, a la vida y la salubridad pública, por lo que “las autoridades públicas accionadas deben salvaguardar en especial los derechos de los niños, de las personas de la tercera edad, de sus familias y de los médicos que segundo a segundo están exponiendo su vida en las UCI de hospitales y clínicas para proteger la vida de los infectados por el referido virus”.

De igual manera se insta a los sindicatos y organizaciones sociales a acudir al uso de las tecnologías de las comunicaciones en reuniones virtuales para protestar contra la reforma tributaria y sobre otros inconformismos. “Su derecho a ser oídos y a difundir sus ideas en los diferentes medios de comunicación (…) De la misma manera, las autoridades públicas involucradas deberán programar las diferentes reuniones virtuales para que dichos manifestantes sean oídos, mientras se supera este estado de emergencia económica, social y ecológica”, se lee en el texto.

«De tal manera que los tutelantes y manifestantes como las autoridades públicas accionadas salvaguarden en especial los derechos de los niños, de las personas de la tercera edad, de sus familias y de los médicos que segundo a segundo están exponiendo su vida en las UCI de los hospitales y clínicas para proteger la vida de los infectados por el referido virus», se lee en el fallo, de 45 páginas.

 

La providencia señala que con estas medidas no se está limitando ni restringiendo el derecho constitucional fundamental a la manifestación, «sino se está dando primacía a la salvaguarda que el juez constitucional de tutela debe dar a todos aquellos derechos fundamentales en peligro inminente de ser violados aun cuando por las manifestaciones y el ejercicio de otros derechos fundamentales».

Según la magistrada que tomó la decisión, la medida cautelar es también para buscar garantizar la suficiencia de atención hospitalaria en UCI que, según se ha reportado, está colapsada en varias regiones del país.

«Es una verdad que brilla al ojo que el derecho a manifestarse en las vías públicas para hacerse oír de las autoridades (…) en estos momentos de grave crisis económica y hospitalaria, lejos de alcanzar de manera inmediata tales propósitos de impartición de una justicia social equitativa, lo que provocará es la muerte de muchas personas de las familias y demás del grupo social con los que los manifestantes comparten y trabajan», continúa diciendo el fallo.

Añade que esas manifestaciones en estos momentos provocarán la toma de medidas de confinamiento a mediano y largo plazo mientras se pueda llegar a alcanzar la inmunidad de rebaño, con vacunas a más del 70 por ciento de la población, «lo que, de contera, conducirá a la quiebra de más empresas y cierre de establecimientos de comercio y la pérdida de empleos».

Aunque los sindicatos en este momento el Comité Nacional de Paro se encuentra reunido y su pronunciamiento oficial se conocerá en los próximos minutos, El Espectador conoció que defenderá la protesta como un derecho constitucional, que prima sobre cualquier decisión judicial. En su concepto, solo se podrían evitar en el marco de un estado de excepción, que no existe actualmente.

*Con información de Infobae y EL TIEMPO