Toque de queda y ley seca en Sogamoso por el paro nacional desde este martes 27 de abril

Decreto también prohíbe el parrillero en las motocicletas y el transporte de escombros y cilindros a partir de las 5:00 a.m. de este martes hasta las 5:00 a.m. del próximo jueves 29 de abril.

El toque de queda en Sogamoso, hoy y mañana, empieza a las 7:00 de la noche. Foto: archivo particular

Para garantizar el orden público en la ciudad, la Alcaldía de Sogamoso decretó el toque de queda nocturno el 27 y 28 de abril, de 7:00 de la noche a 5:00 de la mañana del día siguiente.

La administración municipal también decretó la ley seca desde las 4:00 de la tarde de este martes 27 de abril hasta las 5:00 de la mañana del próximo jueves 29.

Estas medidas se tomaron para evitar problemas de orden público en la ciudad por la convocatoria del paro nacional.

El Decreto 116, de este lunes 26 de abril, restringe, igualmente, la circulación de motocicletas con acompañante (parrillero) desde hoy martes a las 5:00 de la mañana hasta el jueves 29 de abril a las 5:00 a.m.

La prohibición del parrillero es durante las 24 horas del día y su incumplimiento acarreará sanciones.

Están exentos de esta medida los cuerpos de Policía y Ejército, los organismos de inteligencia, las entidades de socorro y los supervisores de empresas de seguridad privada, quienes deberán portar el carné institucional.

Además, desde este 27 de abril a las 5:00 a.m. hasta el próximo jueves a las 5:00 de la mañana se prohíbe el transporte de escombros y de cilindros en la ciudad de Sogamoso.

Del toque de queda estarán exentas las siguientes personas:

– Toda persona que de manera prioritaria requiera un servicio de salud.

– El personal de salud y de atención de emergencia médica y domiciliaria de pacientes, siempre y cuando cuenten con plena identificación de la institución prestadora de servicio a la cual pertenecen.

– Miembros de la fuerza pública, la Defensa Civil, la Cruz Roja, el Cuerpo de Bomberos y organismos de socorro en general.

– Los trabajadores de farmacias, debidamente certificados por su empleador, quienes solo podrán vender sus productos a domicilio. Queda prohibida la atención en sitio.

– Los servicios funerarios.

– Movilización de mascotas por emergencia veterinaria.

– Personal adscrito a empresas de seguridad y vigilancia privada.

– Personas que por su actividad laboral deban desplazarse de su domicilio a las empresas o lugar de trabajo. Dicho personal deberá portar sus documentos de ley y el carné empresarial que lo identifique.

A partir del jueves 29 de abril el toque de queda nocturno volverá al horario de 10:00 de la noche a 5:00 de la mañana del día siguiente.