‘Corpoboyacá con una resolución no puede despojar de sus tierras a quienes son propietarios legales’ #LaEntrevista7días

En #LaEntrevista7días, el coordinador del Comité de Defensa de los habitantes de la cuenca del lago de Tota, Diego Alfonso Pedraza Pérez, se refiere a la determinación de Corpoboyacá de recuperar las tierras que se encuentran dentro del área de la ronda de protección de 30 metros del lago.

Diego Alfonso Pedraza Pérez, coordinador del Comité de Defensa de los habitantes de la cuenca del lago de Tota. Foto: archivo particular

También se pronuncia sobre el plazo de tres meses que dio la Corporación para que los propietarios de predios ribereños retiren la infraestructura que no esté bajo el amparo de un permiso de ocupación del cauce y afirma que la Resolución 1786 del 2012 es abiertamente ilegal. #LoDijoEn7días.

¿Cómo recibieron los propietarios de los predios ribereños al lago de Tota el operativo que realizó esta semana la Corporación Autónoma Regional de Boyacá (Corpoboyacá)?

Es un operativo totalmente desenfocado. Nosotros le hemos insistido muchas veces al director de Corpoboyacá, que por más que la resolución esté vigente (Resolución No. 1786 del 29 de junio del 2012, que establece en 3.015,65 metros sobre el nivel del mar la cota de máxima inundación de las aguas del lago de Tota), por encima de eso hay otros temas que son sociales, hay otros temas que son de violación de normas superiores, porque esa resolución la emitieron violando normas superiores.

A propósito de la Resolución 1786, ¿ustedes la tienen demandada? 

Sí, porque hay reglamentación posterior a la 1786 a nivel nacional. Hay dos decretos que regulan el tema ambiental y el tema de rondas y cotas y ni siquiera la actualizan. Se sentaron sobre la resolución, que es abiertamente injusta, inconstitucional e ilegal y se volvió inamovible. Hay temas a nivel nacional que cuando se ve que son abiertamente injustos, inmediatamente se modifican, pero Corpoboyacá no quiere bajo ninguna circunstancia.

¿Se habían tenido reuniones con el actual director para plantearle estas inquietudes? 

Hace un mes tuvimos una reunión virtual con el director y algunos directivos de la Corporación y entrábamos supuestamente en un diálogo. Quedamos para una segunda reunión y oh sorpresa, en la segunda reunión nos llegan con un operativo, dice él, didáctico. Yo no veo que sea un operativo didáctico, porque primero que todo al tratarse de un operativo, hace que eso sea como de carácter coercitivo. Y segundo, cuando uno lleva Ejército y Policía, no sé qué de didáctico tenga eso.

¿Cuántos propietarios de predios deben cumplir los requerimientos de Corpoboyacá de despejar el área de la ronda del lago?

En este momento la afectación a 3.015,65 metros sobre el nivel del mar es aproximadamente de unas 700 hectáreas. Esas 700 hectáreas son aproximadamente de 1.800 a 2.000 personas propietarias, según datos que suministró Corpoboyacá en una reunión que hubo el 13 de octubre del año pasado.

Con Ejército y Policía, esta semana Corpoboyacá hizo un operativo de control a las actividades que se efectúan en el área de la ronda de protección de 30 metros del lago de Tota. Foto: archivo particular

¿Es decir que son entre 1.800 y 2.000 los propietarios que tendrían que abandonar esa área de 30 metros de la ronda?

Cuando hablamos de 1.800 o 2.000 personas afectadas y hablamos de 700 hectáreas, nos estamos refiriendo a un microfundio, ni siquiera un minifundio. Hay muchísimas personas afectadas, entonces eso es un tema social, y en un alto porcentaje es el único bien que tienen para su subsistencia, entonces no es justo que, con el ánimo de implementar una resolución abiertamente injusta, quieran expropiar y privar de la propiedad de sus terrenos a esa cantidad de agricultores. Es una cantidad grandísima, no son poquitas personas las que están afectadas.

Bueno, ¿pero esos terrenos de la ronda no le pertenecen al Estado?

Todos tienen propiedad sobre los terrenos, está totalmente demostrado. Cuando el Incoder en el 2014 quiso hacer la delimitación del lago, le tocó suspenderla cuando se dio cuenta de que todos los terrenos tenían propiedad, que no era como ellos pensaban que eran terrenos baldíos. La Ley 84 de 1968 dice que, si el Estado necesita subir el nivel del lago para satisfacer necesidades de acueducto y demás, debe primero expropiar a los propietarios de todos esos terrenos, indemnizarlos como corresponde y después sí subir el nivel. Aquí hicieron lo contrario: subieron el nivel, no los expropiaron e inundaron los terrenos.

¿Por qué demandaron la Resolución 1786 del 29 de junio del 2012 de Corpoboyacá?

Porque mediante esa resolución sacan una altitud de 3.015,65 metros, con unos estudios amañados, que fueron pagados a un alto costo, pero que fueron finalmente un plagio de un estudio que había hecho Hidroestudios entre 1978 y 1981. Fueron un plagio porque nosotros ya estuvimos verificando y una buena parte de los resultados de ese estudio lo copiaron del estudio anterior.

Llegaron a la conclusión de que el nivel que se debía hacer por los últimos 15 años del cauce era de 3.015,65, pero resulta que ese es un nivel artificial, producto de que en 1952 Acerías Paz del Río construyó una represa y le subió un metro al lago. El nivel original del lago es 3.013,80 y después le subieron a 3.014,80. La CAR en 1981 le subió el nivel 47 centímetros más, de tal manera que en este momento el nivel de la herradura está en 3.015,27. A 3.014,80 afectaba 480 hectáreas, a 3.015,27 afecta 527 hectáreas, todo de propiedad particular y de pequeños agricultores. A 3.015,65 afecta aproximadamente unas 700 hectáreas.

¿Pero con esa cota de 3.015,65 metros no se está protegiendo el lago para todos?

Corpoboyacá lo que pretende es impedir que los agricultores, los pequeños propietarios, cultiven sus terrenos sin haberlos expropiado, que porque los necesita. Ahora, no hay ninguna justificación técnica que diga que ese nivel le garantiza la subsistencia al lago. En los estudios que ha hecho el ingeniero Rito Alfonso Pérez Preciado, que de pronto es la persona que más conoce el lago, dicen que el lago de Tota podría entrar en un proceso de decaimiento irreversible cuando perdiera algo superior al 10 por ciento del caudal, pero con ese 1,65 que le están subiendo con esa resolución no hay ningún beneficio si se inundan esas tierras.

Por el contrario, hay un perjuicio, porque al inundar terrenos que han estado dedicados a la actividad agrícola por más de 150 años, al entrar el agua a esas tierras lo que hace es contaminar el lago.

La Corporación estableció un plazo de tres meses para buscar recuperar el área, retirar infraestructura que no esté bajo el amparo de un permiso de ocupación del cauce y buscar la legalidad de uso del recurso hídrico. Foto: archivo particular

¿Entonces qué se debe hacer?

Regular un nivel que entre y salga el agua según las necesidades de consumo de Sogamoso, de Acerías Paz del Río y de los agricultores, porque el lago finalmente es para un beneficio social, con los cuidados que se requieren. Si se mantiene el nivel natural, el lago puede subsistir perfectamente sin ningún problema.

¿Los propietarios de los predios ribereños van a despejar en los próximos tres meses la ronda del lago como lo exige Corpoboyacá?

Yo no podría hablar por todos, pero en este momento los pequeños propietarios están muy, muy preocupados, pero yo no creo que vayan a cumplir porque Corpoboyacá no tiene los mecanismos legales para exigir un desalojo. No se ha agotado el proceso de deslinde de la Agencia Nacional de Tierras, que es el que finalmente decide todo. Corpoboyacá no ha socializado la Resolución 3992, que también está demandada. Nosotros vamos a seguir dando la pelea jurídica para hacer valer nuestros derechos.

¿Cuál es la solicitud que ustedes le hacen a Corpoboyacá?

La que le venimos haciendo desde el 2012: que revisen la resolución que es totalmente ilegal, que por lo menos la actualicen con las últimas normas que han salido, que modifican la forma en que se deben tomar las rondas de los ríos y de los lagos y ellos no las adoptan. Se cogieron de una resolución que desde su comienzo fue absurda, porque la emitió el subdirector de Corpoboyacá sin que tuviera las facultades por parte del consejo directivo de la Corporación y, además, construyen una resolución a partir de un cauce acomodado por el hombre, eso no tiene presentación. Se debe revisar la resolución en consenso.

¿Qué cree que pueda pasar entonces? 

Este es un problema social y yo no sé si Corpoboyacá logre poner contra las cuerdas a toda una comunidad, a más de 2.000 personas afectadas. No creo que el Estado tenga la capacidad de poner al Ejército y arrodillar a toda la gente. Yo creo que ahí va a haber una protesta social muy sentida porque tienen que respetarse los derechos de las personas.

Alrededor del lago se cultivan cerca de 1.500 hectáreas de cebolla junca, con cerca de 2.000 productores. Foto: archivo particular

¿Es decir que para ustedes no tienen ninguna validez esas decisiones que ha tomado Corpoboyacá frente a la ronda del lago?  

La que hizo esta semana no tiene ningún sustento jurídico. La Resolución 1786 está vigente, no lo discutimos, pero está demandada y es abiertamente ilegal y por ser abiertamente ilegal y atropellar tantos derechos particulares, nosotros vamos a dar la pelea jurídica para hacer valer nuestros derechos. Corpoboyacá con una resolución no puede desplazar y despojar de las tierras a quienes son propietarios legales y que las compraron de buena fe, no lo puede hacer. Yo pienso que está por encima la ley que una resolución de una corporación autónoma.