Este año se conocería el fallo de la demanda de nulidad de la elección del gobernador de Boyacá. Nueva decisión en proceso

El Consejo de Estado podrá dictar sentencia anticipada, basado en el Decreto 806 del presente año. La Sala Plena Contenciosa Administrativa decidirá si asume la competencia para conocer de la legalidad del acto demandado.

Ramiro Barragán Adame, gobernador de Boyacá. Foto: archivo Boyacá Sie7e Días

Antes de que concluya este año, el Consejo de Estado podría anular o ratificar la elección de Ramiro Barragán Adame como gobernador de Boyacá.

La alta Corte tiene la facultad de dictar sentencia anticipada en este caso, ya que el proceso cumple con lo previsto en el Decreto Legislativo 806 del 2020:

No ha comenzado la audiencia inicial, por lo que se cumple con el primer requisito de procedibilidad para dictar sentencia anticipada.

En lo que hace a la práctica de pruebas como segundo requisito procesal, se tiene que los medios de convicción allegados con la demanda y sus contestaciones, serán incorporados al expediente dándoles el valor que les asigna la ley.

Y, tercero, teniendo en cuenta que no hay pruebas solicitadas por los sujetos procesales que deben ser decretadas y al ser suficiente el material obrante para decidir la controversia jurídica puesta a consideración del Consejo de Estado, esto es, los antecedentes administrativos del proceso electoral y los documentos aportados por las partes, es viable dictar sentencia anticipada en el marco del Decreto 806 del 2020.

Así lo explica la magistrada ponente de la demanda contra la elección del gobernador de Boyacá, Rocío Araujo Oñate, de la Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado.

Abogado Gilberto Rondón González, especialista en Derecho Constitucional y en Derecho Administrativo. Foto: archivo Boyacá Sie7e Días

Al respecto, el abogado Gilberto Rondón González, especialista en Derecho Constitucional y en Derecho Administrativo, afirma que en unos 20 días la Sala Plena Contenciosa Administrativa del Consejo de Estado decidirá quién asume la competencia para conocer la legalidad del acto demandado: si la Sala Plena o la Sección Quinta.

“A mi modo de ver, ese tema se resuelve este año”, dice Rondón, quien manifiesta que el Consejo de Estado podría fallar en cualquier sentido.

A propósito del sentido del fallo, hay juristas que consideran que la decisión favorecerá la continuidad de Barragán en el Palacio de la Torre, ya que él jamás se posesionó en el cargo de Gobernador previo a las elecciones del 27 de octubre del 2019.

Algunos indican que todo depende de quién asuma el conocimiento del caso, porque si lo hace la Sección Quinta, esta ya falló en un proceso similar a favor del demandado, mientras que, si lo hace la Sala Plena, hay otras secciones que han fallado en casos similares en contra del accionado.

Otros consideran que el Consejo de Estado anulará la elección del Gobernador, teniendo en cuenta que la Corte Constitucional en una decisión que involucraba un caso igual, falló en contra con el argumento de que esa persona, así hubiera sido encargada por el presidente de la República o por el gobernador, en todo caso ejerció sin limitaciones el cargo de gobernador y por eso consideró que estaba inhabilitada.

Es decir que el fallo del Consejo de Estado estaría respaldado en esa decisión de la Corte Constitucional. Aquí jugaría un papel importante el hecho de quién termine siendo el juez del Gobernador: si la Sala Plena o la Sección Quinta.