Puente festivo en Sogamoso con ley seca y toque de queda

Desde las 6:00 de la tarde de este sábado hasta las 6:00 de la mañana del próximo martes 26 de mayo, los sogamoseños no deberán salir de sus casas.

Los supermercados y restaurantes podrán funcionar durante el toque de queda, pero para vender sus productos única y exclusivamente bajo la modalidad de domicilio. Fotos: Archivo Particular

La Alcaldía adoptó esta medida para contener la afluencia masiva de propios y visitantes en el municipio en este fin de semana con puente.

La administración municipal dispuso, igualmente, la prohibición de la venta y consumo de bebidas embriagantes, reuniones y aglomeraciones a partir de las 6:00 de la tarde del viernes 22 de mayo hasta las 6:00 de la mañana del próximo martes.

Las personas que tienen pico y cédula este sábado (5, 6 y 7) podrán salir a hacer sus compras entre las 6:00 de la mañana y las 6:00 de la tarde.

“Ningún establecimiento de comercio (almacenes de cadena, víveres, tiendas, plaza de mercado, restaurantes y demás sectores) podrá expender en sitio sus productos durante el toque de queda”, señala el Decreto 164 de la Alcaldía de Sogamoso.

Los que están autorizados para transitar por la ciudad durante este toque de queda son:

Los niños, adolescentes y jóvenes que deban asistir a urgencias médicas, y en general cualquier situación encaminada a garantizar la protección de sus derechos fundamentales.

Los supermercados y restaurantes podrán funcionar durante el toque de queda, pero para vender sus productos única y exclusivamente bajo la modalidad de domicilio. Foto: Archivo Particular

Toda persona que de manera prioritaria requiera atención de un servicio de salud, como garantía de la protección de sus derechos fundamentales.

El personal de atención de emergencia médica y domiciliaria de pacientes, siempre y cuando cuenten con plena identificación de la institución prestadora de servicio a la cual pertenecen.

Los miembros de la Fuerza Pública, de la Defensa Civil, de la Cruz Roja, de los Bomberos y de organismos de socorro en general.

Los concejales de Sogamoso, al igual que el personal asistencial y administrativo del cabildo municipal debidamente acreditados.

Los trabajadores de farmacias debidamente certificados por su empleador, quienes solo podrán vender sus productos a domicilio. Queda prohibida la atención al público.

Los servicios funerarios (sepelios y cremaciones) bajo los protocolos de bioseguridad establecidos por el Ministerio de Salud.

Se permitirá la movilización de mascotas por emergencia veterinaria.

Podrá salir el personal adscrito a empresas de seguridad y vigilancia privada.

Están habilitados para circular por la ciudad quienes por su actividad laboral deban desplazarse de su domicilio a las empresas o lugar de trabajo (cementeras, productoras de acero o sus derivados); dicho personal deberá portar sus documentos de ley y el carné empresarial que lo identifique.

Los supermercados y restaurantes podrán funcionar durante el toque de queda, pero para vender sus productos única y exclusivamente bajo la modalidad de domicilio. Fotos: Archivo Particular

Podrán funcionar los supermercados y restaurantes, pero para vender sus productos única y exclusivamente bajo la modalidad de domicilio, y tendrán que cumplir con los protocolos de bioseguridad establecidos por el Ministerio de Salud.

Las personas que prestan el servicio de transporte y entrega de bienes de primera necesidad y de mercancías de ordinario consumo a domicilio, deberán portar el carné expedido por la administración municipal, en donde se acredita la autorización para desempeñar tal oficio, o la credencial suscrita por el representante legal del establecimiento (según actividad económica autorizada por el Decreto 164 de la Alcaldía de Sogamoso). Deberán también portar los documentos vigentes de su vehículo de distribución.

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