Si usted piensa trastearse en plena cuarentena, tenga en cuenta estas recomendaciones

Los interesados podrán realizar mudanzas a través de empresas legalmente habilitadas para prestar el servicio de transporte de carga.

Los trasteos ya están permitidos por el Gobierno nacional, pero solo pueden realizarlos empresas legalmente habilitadas para prestar el servicio de transporte de carga. Foto: Mintransporte.

El Gobierno nacional estableció las directrices frente a la realización de trasteos en todo el país en el marco de la cuarentena por el coronavirus.

El Decreto 636 del pasado 6 de mayo determinó el aislamiento preventivo obligatorio en el territorio nacional hasta el próximo 25 de mayo.

El Artículo 6 del Decreto 636 estipula, entre otros aspectos, que se deben garantizar la movilidad y el transporte de carga, almacenamiento y logística, y señala que las mudanzas o trasteos podrán desarrollarse cumpliendo los siguientes requisitos:

La mudanza solo podrá realizarse con estricto cumplimiento por parte del interesado y de la empresa prestadora del servicio de los protocolos de bioseguridad, para mitigar, controlar y realizar el adecuado manejo de la pandemia de la COVID-19 establecidos por el Ministerio de Salud y Protección Social, cuyo cumplimiento es objeto de verificación en cualquier momento por la autoridad territorial correspondiente.

Así mismo, los interesados deberán atender las instrucciones que hayan adoptado o expidan las entidades del orden nacional y la autoridad territorial de la jurisdicción que corresponda para evitar la propagación del coronavirus.

Tanto los interesados como las empresas prestadoras del servicio de transporte de carga deberán dar cumplimiento a las demás directrices que sobre el aislamiento preventivo obligatorio han dispuesto el Gobierno nacional y las entidades territoriales, como autoridades dentro de cada jurisdicción.

En todo caso, cuando se trate de la prestación del servicio público de transporte de carga, estará sujeto a la inspección, vigilancia y control de la Superintendencia de Transporte.

Las medidas que se deben cumplir

Entre las medidas generales, el protocolo de bioseguridad indica que en el interior del vehículo se debe tener una distancia entre personas de por lo menos un metro.

Además, hay que mantener ventilado el vehículo y planificar las rutas, y para recorridos de larga distancia, se deberán identificar los lugares en los cuales se pueden realizar paradas para surtir combustible, descansar, hacer uso de los baños y pernoctar si es el caso.

En esa misma línea, se debe garantizar que todos los trabajadores apliquen las medidas básicas de autocuidado, como el uso adecuado de elementos de protección personal, el lavado constante de manos y mantener el distanciamiento físico.