Sancionarán a quienes vendan o compren alimentos en la vía pública #Tolditos7días

Dentro de las medidas adoptadas por la administración municipal de Sogamoso para esta tercera etapa del aislamiento preventivo obligatorio, se prohíben las ventas ambulantes.

El Artículo 5 del Decreto 135 del presente mes no permite, tampoco, la adquisición de alimentos en la vía pública.

Tanto los vendedores como los compradores que no cumplan esta norma serán sancionados, esto de acuerdo con el Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana y el Artículo 368 del Código Penal.

Explica el decreto que quienes quieran adquirir alimentos pueden acudir a la plaza de mercado, a los supermercados o a los almacenes de cadena.

¡Soldado advertido…!