Ramiro Barragán sigue en el cargo

CNE no encontró que el demandado hubiera infringido la prohibición señalada en la Ley.

Con esta etiqueta Boyacá Sie7e Días desmintió en su Twiter la veracidad de la imagen que causó revuelo la tarde de ayer.
Con esta etiqueta Boyacá Sie7e Días desmintió en su Twiter la veracidad de la imagen que causó revuelo la tarde de ayer.

Gran revuelo causó la tarde de ayer una noticia falsa que daba cuenta de la anulación del formulario E-26, por medio del cual se avaló la elección de Ramiro Barragán Adame, como gobernador de Boyacá.

Una vez se conoció dicha información, Boyacá Sie7e Días, consultó a las personas y entidades encargadas de emitir dichos pronunciamientos para verificar la veracidad y determinar en qué va el proceso contra el mandatario.

Desde el Consejo Nacional Electoral (CNE) se indicó que “existe un acto administrativo previo expedido por la entidad, en que se resolvió el problema jurídico que se trae a estudio en el presente proceso, el cual goza de presunción de legalidad, que no ha sido desvirtuada y que de igual forma no se demandó dentro del presente trámite”.

En este sentido, el CNE no encontró que el demandado Ramiro Barragán Adame, hubiera transgredido la prohibición establecida en el numeral 7, del artículo 31, de la Ley 617 de 2000.

También, aclaró el organismo de control electoral que por los mismos hechos se tramitó ante la entidad una solicitud de revocatoria de inscripción de la candidatura de Barragán, que culminó con la Resolución No. 6382 del 22 de octubre de 2019, en que se resolvió negar la solicitud de revocatoria de inscripción de la candidatura.

En el Decreto No. 442 del 17 de octubre de 2018, “por el cual se hace un encargo”, se observó que el Gobernador de Boyacá se encontraba en ejercicio de funciones y no se puede afirmar que el titular fue reemplazado por su Secretario de Despacho, en ese entonces, Ramiro Barragán Adame.

El Consejo Nacional Electoral se opone a la prosperidad de las pretensiones solicitadas por la parte demandante por cuanto de lo expresado, y de las pruebas arrimadas al presente, no se cumple con los parámetros exigidos por las norma constitucionales, legales y por la jurisprudencia vigente para que se configure las causales de inhabilidad alegada.

El magistrado del CNE, Renato Contreras, explicó que no se ha proferido ninguna sanción desde la entidad y apenas se podría hablar de una apertura de investigación, pero ninguna decisión definitiva.

Finalmente, la Procuraduría General de la Nación indicó que mal se haría en este momento del proceso aplicar la tesis más desfavorable para el demandado que, como tal, resultaría, en concepto de la procuradora Séptima Delegada ante el Consejo de Estado, transgresora de los principios constitucionales a la confianza legítima y la buena fe y pide negar la medida cautelar de suspensión provisional de los efectos del formulario E-26GOB.

Se espera que entre hoy y mañana el Consejo de Estado se pronuncie y defina si suspende o no al gobernador Barragán Adame.