En todo un embrollo se ha convertido el proceso de selección del personero de Sogamoso

El concurso fue suspendido por el Concejo municipal tras recomendación de la Procuraduría General de la Nación, que advirtió que Fenacón y Creamos Talento, entidades que llevan a cabo el proceso, no cumplen con las características para realizar ese tipo de procedimientos. 

Personero de Sogamoso - Concejo Municipal
Foto: Archivo Particular

A su vez, la abogada Edhy Alexandra Cardona Corredor, quien después de la prueba de conocimientos y la entrevista del cabildo municipal esperaba que el Concejo la confirmara como personera de Sogamoso para el periodo 2020-2024, instauró una acción de tutela, que ya fue aceptada por el Tribunal Superior de Santa Rosa de Viterbo, para que se le protejan sus derechos fundamentales al debido proceso administrativo, igualdad y trabajo en conexidad con el principio constitucional del mérito y acceso a los cargos públicos.  

Cardona Corredor solicitó, igualmente, medida cautelar provisional, consistente en que el Concejo de Sogamoso se abstenga de expedir pronunciamiento alguno de orden judicial o administrativo respecto del contrato o concurso de méritos, hasta tanto se resuelva la acción de tutela.

Pero ahora, el Juzgado Primero Administrativo del Circuito de Sogamoso decretó una medida cautelar de urgencia, consistente en que el Concejo municipal de la Ciudad del Sol suspenda de manera inmediata y en el estado en que se encuentre la ejecución del contrato por el cual se adelanta el proceso del concurso público y abierto de méritos para la selección de personero municipal.

El juzgado tomó esa determinación tras un pronunciamiento del Tribunal Administrativo de Boyacá, que le ordena admitir la demanda presentada en el ejercicio del medio de control de protección de los derechos e intereses colectivos por Pedro Javier Barrera Varela, en contra del municipio y el Concejo de Sogamoso.

El presidente del Concejo de Sogamoso, Julio César González, indicó que la orden de la jueza va encaminada a confirmar la decisión que ya había tomado el cabildo, que fue suspender el concurso para hacer una revisión jurídica.

Nos encontramos entonces con que el concurso para la selección de personero de Sogamoso está suspendido en este momento y que contra el Concejo municipal hay dos demandas: una interpuesta por el abogado Pedro Javier Barrera por presuntas irregularidades en el proceso, y otra por la abogada Edhy Alexandra Cardona, que busca que no le vayan a embolatar el nombramiento como personera municipal.

Jueza le vulneró derechos a abogado

El Tribunal Administrativo de Boyacá le amparó los derechos de acceso a la administración de justicia, defensa y contradicción al abogado Pedro Javier Barrera Varela, que fueron vulnerados por la jueza Primera Administrativa del Circuito de Sogamoso, Yohana Elizabeth Albarracín Pérez.

El primero de noviembre del 2019, Barrera Varela presentó acción popular en contra del Concejo de Sogamoso relacionada con el concurso para la selección de personero.

El 7 de noviembre el Juzgado Primero Administrativo del Circuito de Sogamoso inadmitió la demanda al considerar que no se agotó en debida forma el requisito de procedibilidad y que tampoco se había hecho frente al municipio de Sogamoso.

El abogado Pedro Javier y el representante del Ministerio Público interpusieron recurso de reposición en contra de la decisión del juzgado.  

Al respecto, el Tribunal Administrativo de Boyacá advierte que no resultó ajustado a derecho la decisión adoptada por el despacho judicial, al haber inadmitido la mencionada demanda por no haberse agotado el requisito de procedibilidad respecto del municipio de Sogamoso, al considerar de manera equivocada que como el Concejo municipal de la Ciudad del Sol carecía de personería jurídica, el mismo debía actuar por intermedio del municipio.

“El Juzgado Primero Administrativo de Sogamoso pasó por alto la naturaleza constitucional y pública de la cual gozan las acciones populares, hoy denominadas medios de control de protección de los derechos e intereses colectivos, situación que implica que las mismas pueden ser presentadas por cualquier persona sin más requisitos que los establecidos por la ley”, explicó el Tribunal.

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