Gachantivá sin consulta minera

El mecanismo de participación que planteó el municipio fue declarado inconstitucional

Palacio de Justicia de Tunja
El Tribunal Administrativo de Boyacá declaró inconstitucional el mecanismo de consulta popular sobre minería de Gachantivá.

Por falta de competencia del municipio para someter a consulta popular la posibilidad de realizar o no actividades mineras en su territorio, el Tribunal Administrativo de Boyacá declaró la inconstitucionalidad del mecanismo y del texto de la consulta popular, que fue planteado por Gachantivá en 2017.

Esto se dio en cumplimiento del fallo del Consejo de Estado, que ordenó al Tribunal Administrativo de Boyacá, emitir una nueva sentencia para dejar sin efectos la proferida el 28 de noviembre de 2017 por dicha entidad, para declarar la constitucionalidad del mecanismo de participación ciudadana.

Para entonces, dicha sentencia avalaba el mecanismo que sería sometido a consulta popular en la entidad territorial, mediante el siguiente texto: “¿Está usted de acuerdo con que en la jurisdicción del municipio de Gachantivá (Boyacá) se realicen actividades de exploración y explotación minera? (Si_ No__)”, refiere el fallo.

Al respecto, frente a la competencia del municipio para realizar la consulta, el Consejo de Estado afirmó que: “…esa competencia no es autónoma y absoluta, pues no se puede desconocer la que le corresponde a las autoridades del orden nacional”.

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