Los polémicos fallos de tutela para Nueva EPS

En la entidad dicen que cada año se comprometen recursos que deberían ir a salud.

Nueva EPS fachada
Sede de Nueva EPS en Sogamoso. La entidad tendrá que entregarle a un usuario en condición de discapacidad visual varias ayudas técnicas, como grabadora de periodista y una máquina enhebradora.

Un fallo de tutela de un juzgado de Sogamoso ordena a Nueva EPS entregarle a un afiliado en condición de discapacidad visual varias ayudas técnicas, entre estas una grabadora de periodista y un reloj sonoro.

La sentencia exige proporcionarle al usuario ayudas para medir longitud, ayudas para medir pesos, incluidas pesas dietéticas, medidas de volumen y relojes e indicadores de nivel líquido que le ordenaron en centro de rehabilitación. Los materiales que debe entregar la EPS incluyen un reloj sonoro, un reloj parlante de mesa, una cinta métrica, una máquina enhebradora adaptada, una máquina de escribir con sistema Braille, un pizarrón y cuaderno Braille.

El abogado de Nueva EPS indicó al juzgado que la entidad ha asumido todos los servicios médicos que ha requerido el accionante. “No existe vulneración de derecho fundamental alguno e inexistencia en el expediente de negación de servicios, ni incurrió en una acción u omisión que ponga en riesgo los derechos del accionante”, manifestó el abogado de la EPS.

Sin embargo, el juez decidió tutelarle al afiliado los derechos fundamentales a la salud en conexidad con la vida, dignidad humana, igualdad e integridad personal invocados por él. El presidente de Nueva EPS, José Fernando Cardona Uribe, afirmó que como esta son muchas las tutelas en contra de la entidad.

“La entidad se ve obligada cada año a comprometer recursos que deberían ser destinados a servicios de salud, por cumplir con fallos judiciales que van en contravía de los conceptos médicos y las regulaciones del país”, recalcó Cardona.

Más detalles en la edición impresa de hoy.

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