En fallo del Tribunal Administrativo de Boyacá se declaró la nulidad de una acción popular que solicitaba no tener en cuenta la delimitación del páramo de Pisba.

Según se conoció, la decisión se tomó basándose en los dos fallos anteriores, también del Tribunal, donde se ordenaba la protección del ecosistema y además se le consideraba sujeto de derechos.
La acción fue interpuesta en 2018 por parte de un grupo de ciudadanos que pedía no tener en cuenta la delimitación iniciada por el Ministerio de Ambiente, y ordenar la realización de estudios económicos, técnicos, sociales y ambientales en el área ‘afectada’ por la delimitación.
Los demandantes exigían que las entidades involucradas respondieran las peticiones interpuestas y salvaguardaran los derechos de los habitantes de la zona, que se tuvieran en cuenta los derechos adquiridos, las situaciones consolidadas y demás derechos de la comunidad.
Dichas pretensiones no fueron tenidas en cuenta por el Tribunal al aludir los dos fallos anteriores que respaldaban la delimitación y la protección de los ecosistemas sin desconocer a la comunidad.