¿Cómo funcionan los aportes a Sayco – Acinpro? ¿Por qué los del transporte público deben pagar?

El tema comienza con los derechos de autor, así:

En 1946 se pusieron de acuerdo varios autores y compositores de todo el país y de todos los géneros, y bajo la presidencia de Lucho Bermúdez, obtuvieron la personería jurídica de la Sociedad de Autores y Compositores de Colombia (Sayco) , que se encargaría de velar por los derechos de sus creaciones musicales.

Algunas empresas de transporte público del departamento han decidido desmontar de sus vehículos los radios y reproductores de música para no hacer el aporte a Sayco Acinpro.

En los 73 años que tiene la organización ha tenido varias, muchas transformaciones, pero la esencia, se podría decir, se mantiene: Hacer que los autores y compositores asociados reciban un beneficio económico por la comunicación pública de sus obras.

En ese orden de ideas, y recapitulando, el tema funciona así: Una persona escribe varias obras musicales, las graba y quiere hacerlas públicas. Decide, además, que, quiere protegerlas, es decir, obtener ganancia por su creación. Entonces hace el proceso para ser miembro de Sayco.

Sayco, como organización, se encarga de recaudar tanto la información como el dinero obtenido por la difusión pública de las obras protegidas por su entidad. Una parte del dinero es para ellos, la otra, para los autores y compositores, en teoría. En teoría porque en los últimos años se ha presentado más de un escándalo de corrupción dentro de la sociedad, donde algunos miembros se quejan de no recibir los pagos correspondientes por sus obras, entre otras varias irregularidades.

Según está estipulado en la Constitución Política de Colombia, en su artículo 61 “El Estado protegerá la propiedad intelectual por el tiempo y mediante las formalidades que establezca la ley.” Por eso, una unidad del Ministerio del Interior es la Dirección Nacional de Derechos de Autor, que busca “fortalecer la debida y adecuada protección de los diversos titulares del derecho de autor y los derechos conexos, contribuyendo a la formación, desarrollo y sustentación de una cultura nacional de respeto por los derechos de los diversos autores y titulares de las obras literarias y artísticas.”

Entonces, con la Autorización de la Dirección Nacional de Derechos de Autor, Sayco recoge el dinero para los autores y compositores, pero, ¿cómo lo hace?

En este artículo se ha empleado la expresión “comunicación pública” en varias oportunidades. En esto se basa el cobro, en la comunicación pública, que en la OSA (Organización Sayco Acinpro), definen como “cualquier acto por el cual una pluralidad de personas reunidas o no en un mismo lugar, tiene acceso a obras por medios que no consisten en la distribución de ejemplares (…) Esta acción requiere la autorización de los titulares, quienes de acuerdo a la ley 23-82 deber ser retribuidos a través del pago de derechos de autor y conexos a las sociedades de gestión colectiva reconocidas por la Dirección Nacional de Derecho de Autor y otras sociedades tenedoras de derechos.”

Según el artículo 158 de la ley 23 de 1982, “La ejecución pública, por cualquier medio, inclusive radiodifusión, de obra musical con palabras o sin ellas, habrá de ser previa y expresamente autorizada por el titular de derecho o sus representantes.”

Esa autorización la han dado, los autores y compositores, a través de Sayco, en pocas palabras, la organización les administra sus obras y lo que ganen por ellas, y como dice esa ley, considerando ejecución pública como las que se hacen en “teatros, cines, salas de concierto o baile, bares, clubes de cualquier naturaleza, estadios, circos, restaurantes, hoteles, establecimientos comerciales, bancarios e industriales y en fin donde quiera que se interpreten o ejecuten obras musicales, o se transmitan por radio y televisión, sea con la participación de artistas, sea por procesos mecánicos, electrónicos, sonoros o audiovisuales.” (Art. 159 ley 23 – 82).

La mayoría, la gran mayoría de autores colombianos han protegido sus obras con Sayco. También, en la gran mayoría de empresas y establecimientos del país se escucha música, ya sea por radio, por tv, streaming, hay música por todas partes, incluido el transporte público. Por eso, todos los establecimientos, como los que se mencionaban arriba, deben hacer aporte económico a esa organización, y desde el 2013, las empresas de transporte público también.

La OSA ha establecido unas tarifas, de acuerdo a los tipos de establecimientos, tamaños, etc. Para el caso del transporte público, en el 2013 comenzaron a hacerse las comunicaciones a las empresas de ese sector la necesidad legal de licenciar la música, ya que, según expresan desde la organización, aunque la normativa es de vieja data “la evolución de la gestión de recaudo de estos derechos no había sido desarrollado a cabalidad.”

En Boyacá se viene presentando la situación donde una de las empresas de transporte público se ha negado a realizar dicho aporte a Sayco. Luego de varios comunicados, la empresa ha dicho que desmontará de sus vehículos los radios y dispositivos de reproducción musical.

¿Qué opina usted de esa medida?